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Absuelven a un menor de participar en una violación grupal en la noche de San Juan de 2018 en Gran Canaria

Cuando fue denunciado tenía solo 15 años

El Juzgado de Menores Número 1 de Las Palmas ha absuelto, por falta de pruebas, a un menor de 16 años (15 cuando fue denunciado) acusado de participar en una violación grupal con lesiones de una joven de 16 años, en complicidad con otros cuatro chicos, mayores de edad, en la noche de San Juan de 2018 en un zona de playa de la isla de Gran Canaria.

En cuanto al juicio contra los adultos que también habrían participado en esta violación grupal, aún no se ha celebrado, según han informado el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).

Respecto al caso del menor, la magistrada encargada de este proceso, Reyes del Carmen Martel, indica en la sentencia que “no existe suficiente” prueba de que el acusado impusiese a la denunciante la práctica de actos sexuales por la fuerza con utilización de violencia o intimidación, “debiendo ser aplicado en este caso el principio in dubio pro reo” (en caso de duda, a favor del acusado).

Además, la jueza apunta que varios testigos amigos de la denunciante y, sin sospecha de animosidad hacia ella, declararon en el juicio que la joven regresó de su encuentro con los cinco acusados en un apartamento aquella noche “jactándose de haber practicado el sexo con todos ellos”.

En este sentido, la magistrada enfatiza la doctrina del Tribunal Supremo que considera “inadmisible” fundar la resolución de un caso “en una especie de auto de fe incondicionado en la veracidad de la versión de quien se dice víctima, por repugnante que sea el hecho denunciado, la vulnerabilidad de aquella o la frecuencia de este tipo de hechos”.

Asimismo, la jueza recoge en la sentencia que ha valorado “especialmente” la declaración de un amigo de la denunciante con quien, de manera “no controvertida”, la joven habló por teléfono en la noche de los hechos en tres ocasiones, una de ellas en la misma escena de los actos sexuales, un apartamento turístico.

Además la sentencia señala las contradicciones en las que incurrió la denunciante durante el proceso judicial, matizando que en este caso “concurren pluralidad de circunstancias y de elementos” que “hacen dudar” de la resistencia ofrecida por la víctima en atención a las circunstancias y por ello muestra “inseguridad” respecto a si hubo “una negativa seria y real a mantener relaciones con el acusado y en grupo”.

“No niego que en algún momento existiera oposición y negativa de la víctima al acceso carnal, pero no estoy convencida de que dicha negativa hubiera sido expresada de manera seria, persistente e inequívoca y, por eso mismo, el acusado y los coinvestigados pudieran interpretar que la relación fue consentida”, señala la jueza.

El menor, ahora absuelto, ha estado internado cautelarmente en régimen cerrado por dicho hechos. El fallo es susceptible de recurso de apelación.

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