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Nueva derrota de Clavijo ante la Justicia: el testigo clave del caso Grúas será llamado a declarar

La Audiencia Provincial, en decisión no recurrible, entiende que el incidente de nulidad planteado solo era una “especie de recurso” contra la resolución anterior que ya aceptó esta petición de las acusaciones

José Padilla, el empresario que detentó inicialmente la concesionaria de las grúas municipales laguneras y cuyo testimonio es considerado clave para este caso, finalmente prestará declaración ante la justicia, a pesar de los denodados intentos del expresidente de Canarias, Fernando Clavijo (de Coalición Canaria e imputado por esta causa), para que no lo hiciera.

Así lo acordó ayer la Sala Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife en una providencia que no admite recurso, y en la que se reafirma en lo dispuesto en un auto de la misma Sala dictado el pasado 5 de julio donde ya se aceptaba la solicitud de las acusaciones para que Padilla, al igual que otros trabajadores de dicha concesionaria, fueran llamados a declarar como testigos.

En esta nueva resolución de la Audiencia se rechaza (por segunda vez) tal pretensión de Clavijo, por cuanto “el incidente [de nulidad] que se propone no pretende solventar la vulneración del derecho constitucional de la defensa [como argumentaba el abogado del coalicionero], sino constituirse en una especie de recurso contra la resolución firme de esta Audiencia Provincial [la del auto del pasado 5 de julio], y ello por cuanto la vulneración constitucional que se denuncia ha sido precisamente el objeto de la motivación de la propia resolución”, se detalla en la decisión judicial de ayer. En la misma, que supone la no admisión a trámite del incidente de nulidad, la Audiencia vuelve a rechazar, uno por uno, los tres argumentos que la representación legal de Clavijo expone en su porfía para que no declare Padilla.

El primero de ellos radica en que las acusaciones no presentaron un recurso de reforma sino que apelaron directamente contra la inicial decisión de la titular del Juzgado de Instrucción Número Dos de La Laguna (el que instruye este caso Grúas), pero la Audiencia desmonta tal argumento al recordar que solo sería aceptable si se tratara de una providencia y no de un auto, como realmente tenía que haber sido utilizado por la jueza.

Respecto al segundo argumento, Clavijo pretende aprovechar que la motivación de esa decisión de la jueza fue “manifiestamente insuficiente”, circunstancia en la que todas las partes están de acuerdo, pero la Audiencia recuerda que, “con independencia de la parquedad del razonamiento empleado, ha sido dada por buena por la defensa en su recurso, en la medida que permite conocer el motivo de la decisión”.
Tras estos dos debates sobre aspectos formales del proceso, es en el tercer argumento de la defensa de Clavijo donde se llega al meollo de la cuestión, por cuanto se sostiene que “las diligencias interesadas [llamar a Padilla y a los demás como testigos] son irrelevantes, innecesarias e inútiles”.

La respuesta de la Audiencia es un cursillo acelerado sobre Derecho Procesal concluído con un reglón demoledor: “El juez de instrucción no precisa mayor motivación [para, en este caso, llamar a unos testigos] que la que explícita o implícitamente se deduce de la exigencia legal citada y ante la evidencia de la razonabilidad de la pretensión deducida por el Ministerio Fiscal no cabría mayor necesidad de motivación, salvo que se pretendiera impedir el ejercicio de la acción de la justicia en la investigación criminal”.

Resta recordar que en el caso Grúas están imputados, además de Clavijo, el también exalcalde lagunero José Alberto Díaz, el también exedil de Coalición Canaria Antonio Pérez Godiño y la exdirectora municipal de Seguridad Rosario García.

En concreto, esta investigación judicial versa sobre la presunta comisión de hasta tres delitos relacionados con la corrupción: prevaricación, malversación de caudales públicos y tráfico de influencias.

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