caso juan luis guerra

El instructor que investiga el contrato millonario del concierto propone su nulidad

El informe interno solicitado por la alcaldesa confirma graves irregularidades en el caso destapado por DIARIO DE AVISOS
El instructor constata “conductas erráticas” en la contratación del artista a través de un particular avalado por Radio Club.
El instructor constata “conductas erráticas” en la contratación del artista a través de un particular avalado por Radio Club.
El instructor constata “conductas erráticas” en la contratación del artista a través de un particular avalado por Radio Club.

La investigación que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife inició el pasado mes de noviembre a fin de esclarecer los términos en los que se produjo la contratación de Juan Luis Guerra y el grupo Orishas para actuar en el Carnaval de Día de 2019, bajo la alcaldía de Coalición Canaria, que, tal como adelantó DIARIO DE AVISOS, sumaba hasta doce presuntas irregularidades por la forma en la que fue concebida y ejecutada, ha constatado tales extremos. Es más, al término de las conclusiones, se insta a que la actual regidora local, la socialista Patricia Hernández, inicie un expediente de revisión de oficio, al haberse incurrido en tres supuestos de nulidad de pleno derecho.

Según el instructor que rubrica el informe, Francisco Clavijo Rodríguez, se acredita que para el primer pago realizado a un particular, Alfredo Moré Silva, que decía estar en posesión de la exclusividad del artista dominicano y del grupo cubano, no se cumplieron los requisitos exigidos. La cantidad abonada de esa primera vez, que asciende a los 250.957,16 euros, se ingresó en la cuenta de dicho representante sin que se presentaran las facturas justificativas del servicio prestado, tales como los gastos de vuelos internacionales, seguros de viajes visados, alojamiento, personal, materiales o viáticos, entre otros.

Recordemos que el citado particular acudió a la institución municipal con dos documentos, a través de los cuales quiso probar su solvencia económica, tal como ya publicó el DIARIO en meses pasados y se recoge, también, en la denuncia que el edil de Izquierda Unida-Unidas Podemos Ramón Trujillo presentó ante la Fiscalía Anticorrupción. El primero de los mismos, es una carta remitida por la directora de Radio Club Canarias, Lourdes Santana, en la que esta dice que Moré Silva está en posesión del capital necesario para afrontar la gestión de la contratación del autor de temas como La Bilirrubina o Canto a la Patria y de la agrupación caribeña. Y el segundo, las autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta del referido Moré para los ejercicios 2016, 2017 y 2018.

El técnico designado para ponerse al frente de la investigación interna del Ayuntamiento señala en sus conclusiones que no queda acreditado que el adjudicatario cumpliese los requisitos mínimos de solvencia económica exigidos para el contrato, visto que para verificar tanto su capacidad financiera como técnica y profesional se debía haber presentado la cifra de su volumen anual de negocios, así como justificante de la existencia de un seguro de indemnizaciones por riesgos profesionales. En lo referente al monto de operaciones anual, Clavijo Rodríguez, el instructor de la investigación interna, afirma que el adjudicatario debería acreditar, al menos, un volumen de negocios, en un ejercicio de los tres anteriores, de 705.907,50 euros. Y aun no considerándose válida la declaración de la renta como certificado de los movimientos financieros de carácter profesional, en caso de que así fuera, igualmente ninguna de esas cantidades de Alfredo Moré Silva alcanza el mínimo exigido.

De hecho, el instructor asegura haber localizado en el expediente de contratación otras irregularidades. En tan solo un día, el 14 de febrero de 2019, la presidenta del Organismo Autónomo de Fiestas (OAF) de aquel momento (durante el Gobierno de Coalición Canaria y Partido Popular), Gladis de León, aprobó los pliegos de la contratación y autorizó el gasto vinculado al referido acuerdo; el adjudicatario entregó la documentación para participar en el procedimiento, se adjudicó el contrato, se rubricó, y el particular presentó la primera factura por un importe superior a los 215 mil euros. Asimismo, 24 horas más tarde le fue abonada tal cantidad.

La contratación fue llevada a cabo por medio de la tramitación de urgencia. Se trata de un procedimiento permitido por la Ley de Contratos del Sector Público, pero para cuyo uso debe justificarse suficientemente la necesidad inaplazable, o las razones de interés público que lo motiven. Unas circunstancias que no se dieron, dado que, tras comparecer distintos técnicos y responsables del OAF y el Consistorio capitalino, todos declararon que conocían cuándo iba a celebrarse el Carnaval de Día con un plazo de seis meses a un año de antelación, lo cual hace muy difícil considerar en este caso la urgencia de la tramitación, ya que las fechas de celebración de las fiestas se conocen con una antelación suficiente para la tramitación ordinaria.

En concordancia con lo ya publicado anteriormente por el DIARIO, Francisco Clavijo acredita en su informe la duplicidad del expediente. El Pliego de Prescripciones Técnicas (PPT) establece que el contrato se celebrará entre el Organismo Autónomo de Fiestas y Radio Club Canarias, siendo el precio, desglosado en diferentes partidas, de 412.378,64. Sin embargo, el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP), dispone que el contrato se celebrará con el representante artístico Alfredo Moré Silva, y que el precio total es de 501.194,33 euros. Por tanto, existe una diferencia injustificada de hasta 90 mil euros. Es más, entre las comparecencias, destaca la de una técnico de Gestión Jurídica, que asevera que el PPT se incluye en el expediente por un error de tramitación y que a ella se le afirma que las negociaciones no llegaron a buen puerto con Radio Club, por lo que tenía que hacerse con el otro representante, Moré Silva.

La exclusividad argüida por el particular, que recibió algo más de medio millón de euros en total por las actuaciones en el Carnaval de Día 2019, no quedó debidamente acreditada según el técnico, quien, de igual manera, detalla que para una correcta tramitación del negociado sin publicidad se han de concretar algunos términos referidos al desarrollo del espectáculo, tales como las condiciones y duración de la misma. Pero tampoco se incluyen en el expediente de contratación.

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