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Radio Club se justifica con un contrato que no consta oficialmente

Fuentes del Ayuntamiento capitalino confirman que el papel mostrado por la emisora, donde sí se recoge la ausencia de Yatra, pero ni está foliado ni muestra firma electrónica alguna, no figura en el expediente municipal que custodia Fiestas sobre la polémica contratación a dedo

Radio Club Tenerife justificó ayer que cobrase en 2018 las cantidades acordadas inicialmente con el Organismo Autónomo de Fiestas santacrucero por la organización de una serie de conciertos carnavaleros en los que finalmente no actuó la estrella de dicho elenco, el colombiano Sebastián Yatra, mostrando parcialmente un contrato de cuya existencia no hay constancia.

Fuentes del Ayuntamiento capitalino confirmaron ayer a este periódico que tanto el papel publicado por la emisora en su web como el contrato del que supuestamente forma parte no figuran en el expediente municipal elaborado a cuenta de la polémica contratación, al que ha tenido acceso DIARIO DE AVISOS tras solicitar una copia del mismo a través del Registro General y que ha servido como referencia básica de lo publicado hasta ahora sobre este caso.

Como se puede comprobar en la imagen que acompaña a estas líneas, en la documentación oficial se refleja que Yatra debía actuar el 12 de febrero de 2018 con un coste de 40.660 euros (IGIC incluido), mientras que Carlos Baute, finalmente sustituto del colombiano, estaba contratado para el día antes junto a otros artistas por un total de 21.400 euros. Por el contrario, en el papel con el que Radio Club pretende contradecir lo que sí consta en el expediente municipal, figura el cambio en cuestión, aunque curiosamente las cantidades pactadas con anterioridad se mantienen inalterables. Por la serie de conciertos se pagó un total de 176.550 euros (IGIC incluido).

Otro dato relevante radica en que, a pesar de la apariencia de veracidad que pudiera derivarse por el encabezado del papel publicado por la emisora, lo cierto es que no tiene el número de folio que le correspondería si en algún momento hubiera sido parte del expediente oficial. Tampoco se aprecia en el mismo la correspondiente firma electrónica, que, gracias al control telemático de las mismas, podría dar fe sobre su autenticidad, como ocurre en los casos en que, por citar un ejemplo, se pierde algún escrito ya incorporado a la documentación oficial por cualquier motivo.

Precedente

Por extraño que resulte, no es la primera vez que aparece documentación de la que no se tenga constancia oficial en las contrataciones suscritas entre Fiestas y Radio Club Tenerife. Ya pasó con la no menos polémica contratación de Juan Luis Guerra para el Carnaval de 2019 (denunciada por Unidas Podemos ante la Fiscalía Anticorrupción), en la que el anterior gerente de Fiestas, José Ángel Alonso, desveló que guardaba en su domicilio el arranque de un expediente cuyo beneficiario inicialmente era Radio Club, pero que luego se orilló en favor de Alfredo Moré, un exbailarín del Tropicana afincado en Tenerife que regenta una academia de baile en La Cuesta. Ello no ha sido óbice para que Radio Club se atribuyera públicamente el éxito logrado por el concierto ofrecido por el dominicano.

Resta recordar que son varias las dudas surgidas sobre posibles irregularidades en el caso Sebastián Yatra. La principal, claro, es que en el expediente municipal no haya referencia alguna a su ausencia en la Isla, pero también que se optase por contratar a dedo con Radio Club en vez de llevar a cabo un concurso público, al no demostrarse fehacientemente que la emisora tuviera los derechos en exclusividad de los artistas en cuestión para esos días, único motivo que justificaría ese trato de favor con la emisora. Que la rúbrica del secretario municipal, validante de lo actuado, se produjera seis días después de que se cerrase el acuerdo tampoco parece ajustarse a la normativa vigente.

Por todo ello, el grupo municipal de Unidas Podemos ya anunció que piensa ampliar su denuncia ante la Fiscalía al entender que lo sucedido con Yatra y Juan Luis Guerra no son hechos aislados, mientras que la alcaldesa, Patricia Hernández, ha ordenado a los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento santacrucero la elaboración de un informe sobre si se respetó o no la normativa vigente al tramitar la contratación de Yatra.

 

“Conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente”

 

La ausencia del cantante colombiano Sebastián Yatra en el Carnaval santacrucero de 2018 no supone, desde luego, un suceso extraordinario en el mundo del espectáculo. Ni es la primera vez ni será la última en que la actuación de un artista finalmente no tiene lugar, por mucho que, como pasó con el colombiano y el Carnaval santacrucero de 2018, ya estuviera anunciada su presencia o, lo que es más relevante, la misma justificase (al menos parcialmente) la contratación a dedo de Radio Club por parte del Organismo Autónomo de Fiestas para la organización de varios conciertos en dichas fiestas.

Pero lo realmente importante es que semejante modificación de lo acordado inicialmente (sin duda relevante, dado que Yatra figuraba como la estrella reservada para una de las grandes citas como son los bailes nocturnos del Lunes del Carnaval) no se reflejase finalmente en el expediente municipal sobre esta contratación, a pesar de que finalmente se respetasen las cantidades acordadas antes de conocer que sería relevado por Carlos Baute, uno de los artistas previstos para el día anterior y por mucho menos dinero.

Para comprender todavía mejor que la clave radica en que en el expediente municipal no se recogió el relevo de Yatra por Baute, nada mejor que hacer referencia a dos documentos que, a diferencia del publicado ayer por la emisora en su página web, sí que figuran como incorporados al mismo y, en consecuencia, debidamente foliados.

El primero de ellos es la imagen que acompaña a estas líneas, donde Lourdes Santana, en representación de la emisora en cuestión, plasma su oferta económica por las actuaciones que le ofrece contratar el Organismo Autónomo de Fiestas con vistas a los días 11, 12 y 17 de febrero de 2018. Es ahí donde se deja por escrito lo siguiente: “Hago constar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramente”.

Pero además, cuando el 16 de febrero (ya acaecida la ausencia de Yatra) rubrican el contrato la concejal de Coalición Canaria Gladys de León en nombre de Fiestas, y la citada Santana por Radio Club, en su cláusula primera se especifica igualmente que “Lourdes Santana Navarro se compromete a efectuar el servicio de Actuaciones Artística del carnaval (sic) con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que le es de aplicación”, y en el que, como se ha explicado, no figura oficialmente la sustancial modificación que nos ocupa: la ausencia del cantante Sebastián Yatra ese día en Tenerife.

 

La investigación interna por Juan Luis Guerra ya instó a que se anule el contrato

Como ya ocurriera en el caso Juan Luis Guerra, la hoy alcaldesa, Patricia Hernández, ha optado que el expediente de contratación relacionado con el caso de Sebastián Yatra sea objeto de una investigación interna que, en este caso, llevarán a cabo los servicios jurídicos municipales.

Bueno será recordar que las indagaciones municipales respecto a las dudas suscitadas por cómo se obró cuando se contrató el dominicano motivaron que el instructor de entonces, el alto funcionario Francisco Clavijo Rodríguez, abogase finalmente por la nulidad de todo lo actuado entonces, a tal punto que, en sus conclusiones, se instaba a que la actual regidora local iniciase un expediente de revisión de oficio al haberse incurrido, a su juicio, hasta en tres causas de nulidad de pleno derecho. Dicha revisión no se ha llevado a efecto por la inesperada irrupción de la pandemia en nuestras vidas, que se produjo inmediatamente después de que el informe en cuestión fuera entregado oficialmente.

Para Clavijo Rodríguez, está acreditado que no se cumplieron los requisitos exigidos para que tuviera lugar el primer pago realizado al beneficiario, un particular llamado Alfredo Moré Silva. Tampoco quedó probado que el citado Moré cumpliese los requisitos mínimos de solvencia económica exigidos para un contrato como ese. Por último, el instructor consideró que no se daban las condiciones previstas por la legislación vigente para que se optase por un procedimiento negociado sin publicidad y tramitación de urgencia, lo que popularmente se llama ‘a dedo’.

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