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La inesperada carta de la DGT que llegará a tu casa en 2021

El Gobierno aprobó el pasado 13 de abril un Real Decreto por el cual se modifica el Reglamento General de Vehículos y trae varias novedades.
Guardia Civil de Tráfico
Intervención de la Guardia Civil de Tráfico. EP
Intervención de la Guardia Civil de Tráfico. EP

Si tiene usted coche, moto, furgoneta o cualquier vehículo de tracción mecánica, mire el buzón con asiduidad. La Dirección General de Tráfico (DGT) va a enviar, a lo largo de 2021, una carta a muchos conductores para informarles de una modificación en la normativa sobre el límite de tiempo de las bajas temporales de los coches.

El Gobierno lanzó el pasado 13 de abril un Real Decreto por el cual se modifica el Reglamento General de Vehículos, para incluir una serie de novedades sobre los vehículos al final de su vida útil. La novedad más destacada es que se establece un límite temporal de un año para dar un vehículo de baja.

Si pasado un año el usuario no ha solicitado la baja o una prórroga de la misma, el vehículo pasará automáticamente a estar en situación activa, generando sus correspondientes obligaciones administrativas y tributarias, como el impuesto de circulación. Las prórrogas del plazo de baja temporal se podrán pedir en la Jefatura de Tráfico como máximo dos meses antes de la fecha de finalización de dicha baja.

Hasta la aprobación de este decreto, no había en España ningún límite temporal para la baja temporal de vehículos. Pero desde el año 2004 estas bajas se han duplicado, pasando de 60.982 a 132.459 en 2019.

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