justicia y tribunales

Una empresa tinerfeña logra que un banco responda por la estafa del CEO

La Audiencia de Valencia dice que la entidad no fue diligente al pagar la transferencia a los delincuentes sin concordar los datos
La ciberdelincuencia atrae ya a mafias de todo el mundo dados las enormes ganancias que genera. DA.

La Audiencia Provincial de Valencia acaba de estimar el recurso interpuesto por una empresa tinerfeña que fue víctima de la llamada estafa del CEO y ha condenado a una entidad bancaria que opera en dicha Comunidad Autónoma a reintegrar los 15.000 euros que, a juicio de dicho tribunal, indebidamente fueron abonados a una organización criminal que suplantó la identidad de un proveedor para que la factura en cuestión se pagase en otra cuenta corriente.

Esta estafa del CEO es uno de los timos que crece exponencialmente dentro del tremendo auge que vive hoy en día la ciberdelincuencia, cuyos beneficios ya duplican a los generados por actividades criminales tradicionales como el narcotráfico. Al menos en esta ocasión se han impuesto los argumentos legales esgrimidos desde el bufete tinerfeño Sirvent&Granados.

A pesar de este logro, su responsable del Departamento de Nuevas Tecnologías, Isaac Pérez, recuerda que “todavía estamos lejos de que los juzgados tengan una respuesta contundente frente a un fenómeno que, por novedoso y complejo, requiere de unos medios que están muy lejos de su capacidad actual”.

Como dice el experto tinerfeño Cecilio Sanz, internet es como la calle, y cuando uno va por la calle hay que protegerse. Frente a este crecimiento de la ciberdelincuencia luchan con denuedo las fuerzas de seguridad y ahora empiezan a responder los tribunales de justicia. Por eso, sentencias como la que nos ocupa de la Audiencia de Valencia adquiere una particular importancia a la espera de que el Tribunal Supremo fije doctrina.

Cabe recordar que la estafa del CEO -cada vez más habitual para pesar de las pequeñas y medianas empresas donde las medidas de seguridad contra la ciberdelincuencia brillan por su ausencia- consiste, básicamente, en que los criminales suplantan los datos de un proveedor para reclamar el pago de un servicio en una cuenta bancaria propia. Cuando los socios se vienen a dar cuenta, el dinero ha volado y la deuda persiste.

Dicho lo cual, la controversia jurídica radica en la presunta responsabilidad de la entidad bancaria que abona dicha transferencia sin comprobar que el destinatario del pago y el titular del número de cuenta remitido por los criminales coincide. Lo cierto es que tal controversia subsiste, y por ahora las Audiencias de Madrid, Córdoba y Valencia han condenado a los bancos a reembolsar el dinero a los estafados, mientras que las de La Rioja y Zaragoza fallaron en contra de dicha devolución. Está claro es que nadie está a salvo.

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