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El Supremo anula la condena impuesta en Tenerife a un ciudadano israelí por falsedad de un permiso de conducir

El afectado aceptó los hechos durante un juicio rápido sin intérprete y aseguró que creía estar tramitando legalmente su documentación
El Supremo anula la condena impuesta en Tenerife a un ciudadano israelí por falsedad de un permiso de conducir

El Tribunal Supremo ha anulado la condena impuesta a un ciudadano israelí en Tenerife por utilizar un permiso de conducir falso, después de que su defensa aportara pruebas de que había sido víctima de una presunta estafa. El hombre pagó 9.000 euros por un trámite que creía legal y fue condenado en un juicio rápido celebrado en Arona sin la asistencia de un intérprete.

La sentencia original se dictó en junio de 2024, apenas un día después de su detención. El acusado aceptó los hechos asistido por un abogado de oficio, aunque su actual defensa sostiene que no entendía español ni comprendió las consecuencias de reconocer su responsabilidad penal.

El alto tribunal ha estimado posteriormente la solicitud de revisión y ha dejado sin efecto la condena al considerar que la nueva documentación presentada evidencia la inocencia del recurrente.

Pagó 9.000 euros a un supuesto bufete de abogados de Ucrania

El origen del caso se encuentra en una operación que el ciudadano israelí creyó que era un procedimiento legal para cambiar su permiso de conducir por otro expedido en Ucrania. Según la documentación presentada por su defensa, el hombre contactó con una organización que operaba desde Kiev y se anunciaba en internet como un despacho de abogados especializado en este tipo de gestiones.

Convencido de que se trataba de un procedimiento válido, otorgó un poder notarial a favor de los supuestos profesionales y abonó 9.000 euros para obtener el documento. Sin embargo, el carné recibido resultó ser falso.

Su abogado sostiene que el acusado desconocía la falsedad del permiso y que había confiado en una organización que daba apariencia de legalidad a sus servicios.

La defensa argumentó que, si existió algún error, fue de confianza y no de intención de falsificar documentos. También destacó que el hombre había pagado una cantidad importante de dinero sin obtener ningún beneficio económico de la operación.

Un juicio rápido en Arona sin intérprete

El ciudadano israelí fue detenido el 13 de junio de 2024 y compareció ante un juzgado de Arona al día siguiente. Durante el procedimiento aceptó los hechos en una sentencia de conformidad, pese a que, según su actual abogado, desconocía el significado jurídico de aquella decisión.

La defensa sostiene que el acusado había solicitado un intérprete, pero no recibió asistencia lingüística durante el juicio. El hombre no hablaba español y, según explicó su letrado, tampoco comprendía los términos jurídicos empleados en la vista.

Su abogado considera que estas circunstancias impidieron que pudiera ejercer adecuadamente su derecho de defensa y presentar documentación que respaldaba su versión. El escaso tiempo transcurrido entre la detención y el juicio también dificultó, según su representación legal, reunir y traducir los documentos necesarios. No fue hasta finales de 2025 cuando pudo completar las gestiones para solicitar la revisión de la condena.

Reclamó el dinero y denunció la presunta estafa

La defensa también aportó documentación sobre las actuaciones que el ciudadano israelí emprendió tras descubrir las irregularidades. Según su relato, al día siguiente de quedar en libertad contactó con los supuestos abogados para exigir explicaciones y reclamar la devolución de los 9.000 euros.

La cuenta de correo electrónico utilizada por la organización acabó desactivada. Posteriormente, presentó una denuncia ante la Fiscalía de Ucrania, según expuso su abogado. El letrado también recordó que su cliente había entregado a los agentes su pasaporte israelí auténtico y que disponía de una autorización de residencia de larga duración en España.

Con estos argumentos, la defensa sostuvo que no existía voluntad de cometer un delito de falsedad documental. Finalmente, el Tribunal Supremo estimó la revisión de la sentencia y anuló la condena dictada por el juzgado de Arona al considerar que los nuevos documentos acreditaban la inocencia del afectado.

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