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El Gobierno aprueba la reforma laboral que frena la temporalidad

La nueva regulación, en vigor dentro de tres meses, generalizará el contrato fijo y acotará el provisional a causas muy específicas
(I-D) La ministra Portavoz, Isabel Rodríguez; la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. EP
(I-D) La ministra Portavoz, Isabel Rodríguez; la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. EP

El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto-ley que reforma el mercado laboral para poner coto a la temporalidad, devolver el equilibrio a la negociación colectiva e incorporar a la legislación ordinaria los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) que sustituirán a los utilizados en pandemia, pero con el mismo objetivo: evitar despidos.


Por otro lado, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y sus ministros volvieron a posar ayer frente a la escalinata del palacio de La Moncloa para renovar la foto de familia del Ejecutivo tras el nombramiento de Joan Subirats como nuevo ministro de Universidades en sustitución de Manuel Castells.


La reforma laboral, que entrará en vigor hoy, salvo la nueva regulación de contratos, que lo hará dentro de tres meses, ve la luz tras el acuerdo que alcanzó el Gobierno con sindicatos y empresarios la víspera de Nochebuena y con la que se da cumplimiento al objetivo comprometido con Bruselas de tener lista la reforma laboral antes de finalizar 2021. La reforma toca varios aspectos del Estatuto de los Trabajadores, como la contratación y la negociación colectiva, y tiene entre sus principales objetivos la reducción de la precariedad y la temporalidad, según ha resaltado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.


“Vamos a tener un marco laboral que va a cambiar la vida de la gente en nuestro país (…) Esta reforma pasa página a la precariedad en España. Hay jóvenes y mujeres que no han conocido en su vida un contrato de trabajo que no sea basura. Ahora dejarán de tener vidas precarias”, ha subrayado Díaz, que ha hecho hincapié en que esta reforma laboral es la primera en más de 40 años que recupera derechos en lugar de recortarlos.

Por ello, la vicepresidenta ha insistido en que hoy “no es un día cualquiera”, sino “uno de los días más importantes del Gobierno de España y de esta legislatura”. La norma establece que el contrato de trabajo ordinario será el indefinido y que solo podrán hacerse contratos temporales con causas muy tasadas: por circunstancias de la producción y por sustitución de otro trabajador con reserva de puesto de trabajo.


El primero solo podrá concertarse por incrementos ocasionales imprevisibles de la producción u oscilaciones de la demanda, por un tiempo máximo de seis meses, ampliables a doce si así lo establece el convenio colectivo sectorial de turno.


Esta causa podrá emplearse en situaciones previsibles, como las campañas de Navidad o agrícolas, por un periodo máximo de 90 días al año no consecutivos. En este tiempo, las empresas podrán realizar contratos temporales con causas que, aun siendo previsibles, tengan una duración reducida y limitada dentro de la contratación fija.


De esta forma, ha subrayado Díaz, se expulsará de la legislación laboral el contrato por obra o servicio, que permitía temporalidades que en algunas ocasiones llegaban a los cuatro años. Desde la entrada en vigor de la norma, los contratos de obra o servicio no podrán durar más de seis meses. Con esta reforma, el contrato de obra en la construcción pasará a ser indefinido y cuando finalicen las tareas de la obra para la que ha sido contratado un trabajador, la empresa tendrá que recolocarle en otra obra o formarle, con cargo a la empresa.


Si el trabajador rechazara la oferta o no pudiera recolocarse por no existir puesto adecuado, se producirá la extinción del contrato, con una indemnización del 7% calculada sobre los conceptos salariales establecidos en las tablas del convenio colectivo.


Los sectores que estacionalmente recurren a contratos temporales tendrán que utilizar a partir de la entrada en vigor de la nueva regulación de contratos el fijo-discontinuo, que dará lugar a los mismos derechos que el resto de indefinidos. Los trabajadores con este tipo de contratos serán preferente para las acciones formativas.

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