economía

Claves y requisitos para pedir el bono joven de alquiler

El solicitante de la ayuda deberá figurar en el contrato del alquiler, bien sea sobre una vivienda completa o para una habitación
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Vivienda en alquiler
Vivienda en alquiler. EUROPA PRESS

El Gobierno aprobó este martes el bono joven de alquiler, una ayuda de, como máximo, 250 euros mensuales para el pago de la renta de la vivienda habitual o de una habitación en un piso compartido a la que tendrán acceso los jóvenes de hasta 35 años (incluidos).

Según ha explicado la ministra de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana, Raquel Sánchez, a pesar de la aprobación de la medida en el Consejo de Ministros,  todavía se tienen que afinar los criterios de concesión. Para ello, primero se celebrará una conferencia sectorial con las comunidades autónomas para “acordar los criterios de reparto”, luego volverá al Consejo de Ministros para aprobar los mismos y después se convocará otra conferencia sectorial con las autonomías. Este proceso se demorará, “como máximo”, en torno a dos meses, ha señalado Sánchez al ser preguntada acerca de cuándo se podrá solicitar la ayuda.

INGRESOS MÁXIMOS DE 24.319 EUROS POR VIVIENDA

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles figura el Real Decreto por el que se regula el Bono Alquiler Joven y en él se indica que el límite de ingresos se aplicará por unidad de convivencia, en lugar de por solicitante. 

Así, en el apartado de los requisitos necesarios para acceder al bono se refleja lo siguiente: “Disponer al menos de una fuente regular de ingresos que le reporte unas rentas anuales, incluidos los de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión, iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)”. El IPREM en 2022 está fijado en 579,02 euros mensuales, por lo que el límite de ingresos por unidad de convivencia queda fijado en 24.318,84 euros.

Sin embargo, esta limitación de ingresos no rige en el caso del alquiler de habitaciones. “En el supuesto de alquiler de habitación no se incluirá la renta de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda, solamente se considerarán las de la persona física arrendataria”, recoge el Real Decreto.

CUANTÍAS MÁXIMAS DEL ALQUILER

Lo que sí detalló la ministra y también aparece reflejado en el Real Decreto publicado este miércoles son las cuantías máximas de los alquileres para poder acceder a esta ayuda.

En el caso de que el alquiler sea sobre una vivienda completa, el precio máximo deberá ser de 600 euros al mes. Sin embargo, esta cantidad podrá ampliarse hasta los 900 euros en función de la comunidad autónoma y si así se determina en la comisión de seguimiento establecida entre el Ministerio y las comunidades.

En lo referente a las personas que alquilen una habitación, la cuantía máxima del precio del cuarto será de 300 euros al mes, aunque esta cantidad también se puede ampliar -hasta los 450 euros- en función de la comunidad autónoma.

Asimismo, en el caso de que un solicitante que obtenga la ayuda pague, por ejemplo, 200 euros por una habitación o por su parte correspondiente del alquiler de la vivienda, recibirá, como máximo, 200 euros.

EFECTO RETROACTIVO DESDE EL 1 DE ENERO

A pesar de que para solicitar la ayuda todavía faltan “como máximo” unos dos meses, Sánchez ha señalado que la ayuda para el alquiler tendrá efectivos retroactivos desde el 1 de enero de 2022.

UN MÁXIMO DE DOS AÑOS Y SE PUEDE COMPLEMENTAR

La ayuda de 250 euros mensuales para el alquiler tendrá una duración máxima de dos años y podrán acceder a ella las personas de hasta 35 años (incluidos) que tengan un contrato de trabajo que les genere unos ingresos brutos anuales máximos de 24.319 euros al año.

Asimismo, el solicitante del bono joven debe figurar en el contrato del alquiler, bien sea este sobre una vivienda completa o para una habitación.

Por otro lado, esta ayuda para el alquiler no será incompatible con otras ayudas contempladas en el Plan Estatal de Vivienda. Además, las comunidades autónomas pueden establecer una ayuda adicional de hasta el 40% del alquiler (una vez descontado el bono).

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