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Por el humo se sabe

Pedro Sánchez hace tiempo que abrazó la causa de la demagogia y el populismo más ramplón, sin contenido alguno, como son las medidas estrella que anunció en el reciente debate sobre el estado de la Nación: los nuevos impuestos a la banca y las eléctricas, a los “ricos y poderosos”, como dice siempre, en un lenguaje que avergonzaría a Carlos Marx y le obligaría a proclamar, como Ortega ante las barbaridades de la Segunda República, “no es esto, no es esto”. Y no es esto porque la banca y las eléctricas repercutirán esos impuestos en los consumidores y clientes, agravando aún más su situación económica; y esas figuras impositivas, además, suscitan graves problemas constitucionales y legales respecto a su aprobación por Decreto Ley, a la definición jurídica de “los beneficios extraordinarios”, y su cuantificación y periodificación, y a los hechos imponibles grabados. Ahí tiene Yolanda Díaz más humo para sumar al humo de su flamante propuesta. Y por si no fuera suficiente, y como era de esperar, el PNV apelará a sus competencias y a la fiscalidad vasca del Concierto para eximir a BBVA, Kutxabank e Iberdrola de los impuestos de Sánchez.

El artículo 133.1 de la Constitución dispone que “la potestad originaria para establecer los tributos corresponde exclusivamente al Estado, mediante Ley”. Ya existe un impuesto de sociedades, y ni su modificación ni los nuevos impuestos anunciados pueden implantarse por Decreto Ley. Además, la Ley de Presupuestos no permite la creación de nuevos tributos, y no pueden grabarse de nuevo hechos imponibles ya grabados. Hemos de tener en cuenta asimismo que los impuestos anunciados pueden suponer una “carga fiscal excesiva” o “exagerada” que infrinja el principio constitucional que prohíbe el carácter confiscatorio de los tributos. Y también la importante Sentencia del Tribunal Constitucional (STC) 2/2016, que declara “el principio constitucional de irretroactividad de las normas restrictivas de derechos individuales y expropiación de derechos económicos”. La inconstitucionalidad representaría la imposibilidad de mantener una situación tributaria que entraña la vulneración de derechos constitucionales de los ciudadanos, con independencia de las razones de “eficiencia” que supuestamente justifiquen su mantenimiento, futuro o pasado.

Mientras tanto, se ha hecho pública la sentencia que confirma la culpabilidad de Griñán y Chaves en el caso de los ERE andaluces, con penas de inhabilitación y además prisión en el caso del primero. Y ha faltado tiempo para que políticos, periodistas, medios de comunicación y demás agentes de obediencia socialista, con Pedro Sánchez al frente, hayan salido en su defensa, eso sí, con retóricas -e increíbles- declaraciones de respeto a las decisiones judiciales. Quedan más de cien causas pendientes en este caso, por lo que deben prepararse para muchas defensas y mucho respeto a las decisiones judiciales. Por supuesto, no ha faltado el victimismo de los condenados, y su apelación a ulteriores recursos y a la supuesta vulneración de sus derechos. Y, como era de esperar, todos insisten en que este caso no puede equipararse a las corrupciones que han afectado al Partido Popular. Como cantan en Doña Francisquita y había escrito Lope de Vega en La discreta enamorada, por el humo se sabe dónde está el fuego. Y más en España.

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