economía

La nueva ley concursal: la herramienta para salvar empresas

La reforma de la norma, que entró en vigor el lunes, supone un cambio de paradigma que dota a los empresarios de elementos para garantizar la viabilidad del negocio

En España, el 93,82% del tejido empresarial lo componen microempresas, con datos del 31 de agosto de 2020. Se trata de un sector con una alta volatilidad y una enorme rotación. Así, los datos hasta el final de 2018 muestran que el 25,98% de las micropymes tienen una vida inferior a un año; el 14,27% sobreviven entre 2 y 3 años; el 16,72%, entre 4 y 7 años, y solo el 20,58% de las empresas más pequeñas duran más de 15 años.

Para ayudar a la superviviencia de estas compañías, el pasado lunes entró en vigor una nueva reforma de la normativa concursal, que, con sus luces y sus sombras, dota a los empresarios de instrumentos para, con el debido asesoramiento, hacer viables sus empresas. Aaron Mejías, manager legal de PWC en Canarias, explica que esta nueva modificación [esta norma se ha sometido a muchas reformas en los últimos años] viene a trasponer la Directiva (UE) 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas.

En este contexto, la nueva reforma incluye un “cambio de paradigma concursal” que, en el caso de las empresas, se tendrá en consideración los principios de “viabilidad económica y la búsqueda de la mayor satisfacción de los acreedores”. En consecuencia, explicó Mejías, “si la empresa es viable, se le dotará de medios para su reestructuración; en caso contrario, habrá que buscar la transmisión del negocio o extraer el mayor valor de los activos para devolver a los acreedores el mayor porcentaje de sus créditos”.

Con la anterior normativa, el índice de fracaso de las empresas que se adherían al concurso de acreedores superaba el 90%. “Las empresas, en su empeño por continuar su actividad y mantener el empleo, llegaban tarde a la situación de concurso. El 45% de los deudores solicitan el concurso en una situación patrimonial crítica. Además, su duración es muy elevada, una media de 60 meses”.

Con la reforma, los procedimientos concursales van a cambiar, “acercándonos a otros sistemas europeos en los que las empresas viables van a solventar sus dificultades financieras antes del concurso de acreedores, y el concurso quedará como un instrumento prácticamente liquidatario o de transmisión de negocio”, explicó Mejías. En definitiva, de lo que se trata es de “dotar a los empresarios de elementos para garantizar la viabilidad del negocio, ya sea en sus manos o mediante su transmisión en el debido momento, lo cual les obliga a contar con un mayor conocimiento y anticipación en este ámbito y con un buen asesoramiento al respecto, buscando así solventar el problema tradicional del llamado persianazo o de aquellas empresas que, por llegar muy tarde al concurso, acuden para ser extinguidas. al carecer prácticamente de valor y ser inviables”.

Para ello, esta norma refuerza las instituciones preconcursales buscando que el empresario tenga mecanismos suficientes, ágiles y flexibles, e incluye la probabilidad de insolvencia, como la situación en la que, si el empresario no acomete una reestructuración de su deuda en dos años, no será capaz de asumir sus obligaciones”.

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