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Ni saltar, correr o hacer grupos en las aceras, normas para peatones en la nueva ordenanza de Santa Cruz

La ley, en fase de presentación de alegaciones, prohíbe ocupar la calzada con venta de pañuelos, malabares o limpieza de parabrisas en las paradas obligadas de los semáforos
Los peatones deben cruzar por los puntos habilitados y no podrán correr o saltar si molestan al resto.
Los peatones deben cruzar por los puntos habilitados y no podrán correr o saltar si molestan al resto. Sergio Méndez

La nueva ordenanza de Movilidad y Seguridad de Santa Cruz, actualmente en fase de exposición pública, tras su aprobación inicial, no solo regula la circulación de vehículos, sino también la de los peatones. En el capítulo dedicado a estos se aborda tanto las normas de comportamiento como todo aquello que tienen prohibido realizar. Así, entre las normas que deben cumplir, hay algunas lógicas, como solo cruzar la calzada por los lugares autorizados o permanecer en ella, salvo en los casos y condiciones reglamentariamente permitidas. Otras prohibiciones llaman más la atención, como, por ejemplo, la de “correr, saltar o circular de forma que molesten a las demás personas usuarias”.

También se prohíbe “esperar a las guaguas y demás vehículos de transporte público fuera de los refugios o aceras o invadir la calzada para solicitar su parada”, así como “subir o descender de los vehículos en marcha, o realizar actividades en las aceras, pasos, calzadas, arcenes o, en general, en zonas contiguas a la calzada, que objetivamente puedan perturbar a las personas conductoras o ralentizar, o dificultar la marcha de sus vehículos, o puedan dificultar el paso de personas con movilidad reducida”. Este último punto se relaciona directamente con otro de los artículos en los que se prohíbe de forma expresa ocupar la calzada o sus inmediaciones realizando actividades, tales como “malabares, venta de pañuelos, venta ambulante, limpieza de parabrisas, reparto de publicidad u otras, aprovechando las detenciones o retenciones originadas por las señales reguladoras del tráfico”.

Otra de las cuestiones que se regula en la ordenanza es la movilidad en las aceras, donde se permitirá que personas menores de 12 años, siempre que vayan acompañados de una persona adulta, podrán circular con patines, patinetes, monopatines, triciclos, bicicletas y similares, siempre y cuando adecuen su velocidad a la de los peatones, “sin superar en ningún caso los cinco kilómetros a la hora”.

Además, “deberán respetar la prioridad de los peatones con quienes deberán mantener una separación mínima de 1 metro y demás condiciones de seguridad vial. En todo caso deberán desmontar del vehículo en caso de alta densidad peatonal”. En este apartado, otro de los articulados que llama la atención es el que señala que las personas viandantes procurarán no detenerse en las aceras formando grupos cuando ello dificulte el paso a otras personas usuarias o las obligue a circular fuera de la acera invadiendo la calzada u otra vía destinada a la circulación de vehículos (acera-bici, carril-bici….). En lo referente a los usos permitidos o no en la calzada, “quedan prohibidos los juegos de pelota, patines, monopatines, etc., salvo en aquellos lugares debidamente autorizados”.

fase de alegaciones

Esta ordenanza está en fase de presentación de alegaciones, y algunos colectivos ya han avanzado que van a presentarlas, dado que hay artículos que, opinan, no se ajustan a la legalidad, o que, simplemente, son imposibles de aplicar.

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