justicia y tribunales

Retiran la sanción a un policía porque las pruebas contra él se obtuvieron ilícitamente

El TSJ de Cataluña anula el castigo tras comprobar que la DGP vulnera la Ley de Protección de Datos y decreta nulo el expediente sancionador
sanción a un policía
Fachada del Palacio de Justicia de Catalunya, sede del TSJC y de la Audiencia de Barcelona./EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha absuelto a un policía nacional que fue sancionado con 15 días de suspensión de empleo y sueldo por presuntamente fingir una dolencia para marcharse antes del servicio para coger un vuelo. Han considerado ilícita una de las pruebas de cargo.

El argumento sobre el que se sustenta dicha decisión judicial radica en que se considera probado que la Dirección General de la Policía vulneró la legislación vigente sobre los datos personales para sustentar tal sanción, en sentencia dictada con fecha de 24 de noviembre por los magistrados Juan Antonio Toscano, José Manuel de Soler y Hugo Manuel Ortega.

En vía administrativa, el policía ya sostuvo que el expediente disciplinario en cuestión (motivado sobre la hipótesis de que había simulado una migraña para no perder un vuelo previsto a Tenerife) era nulo de pleno derecho porque basaban su imputación en una prueba obtenida ilícitamente, cuestión que quedaba sin respuesta en la resolución sancionadora inicial.

Para el alto tribunal catalán, la prueba esgrimida es previa a la incoación del expediente disciplinario por la Dirección General de la Policía y no hay constancia de que dicha actuación venga realizada por órganos que tengan atribuidas funciones de investigación, averiguación e inspección”.

Desde CEP Tenerife celebran dicha decisión judicial, más allá de que en este caso afectase a un afiliado.

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