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Si vendes en Wallapop o Vinted, a partir de hoy Hacienda tiene algo que decirte

Este tipo de plataformas estarán obligadas a verificar y comunicar datos a las autoridades fiscales relacionados con determinados vendedores que utilizan sus servicios
La novedad de Hacienda que hará que te lo pienses dos veces antes de vender por Ebay, Wallapod o Vinted
En caso de que un vendedor cumpla con alguno de los criterios, se le contactará para que complete la información requerida.

La normativa europea conocida como DAC 7 entrará en vigor a partir de hoy, 1 de enero de 2024, imponiendo a las plataformas digitales la obligación de compartir información específica sobre sus vendedores con las autoridades fiscales de los países pertenecientes a la Unión Europea. Esta disposición aplicará a aquellas plataformas cuyos vendedores hayan llevado a cabo más de 30 transacciones o hayan obtenido ingresos superiores a 2.000 euros en sus ventas.

En consecuencia, plataformas como Wallapop o Vinted se verán forzadas a recopilar, verificar y comunicar datos a las autoridades fiscales relacionados con determinados vendedores que utilizan sus servicios. Este proceso de recopilación y verificación debe llevarse a cabo anualmente, abarcando desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre, y las plataformas deben comunicar la información a más tardar el 31 de enero del año siguiente.

La DAC 7 afectará a los vendedores que, a través de servicios transaccionales en plataformas como Wallapop o Vinted, hayan vendido 30 artículos o más o hayan recibido más de 2.000 euros provenientes de sus ventas. Wallapop ya ha informado que, en caso de que un vendedor cumpla con alguno de estos criterios, se le contactará por correo electrónico y a través del centro de notificación para que complete la información requerida.

España implementó la transposición de esta directiva a finales de 2022, y su efectividad comenzará en 2024. La directiva permitirá inspecciones fiscales conjuntas con otros países y otorgará la facultad de fiscalizar a las plataformas.

La primera declaración informativa sobre la obligación de proporcionar información, recopilada por los operadores de plataformas, deberá presentarse a partir del 1 de enero de 2024 con respecto a la información correspondiente al año anterior.

Los operadores deberán seguir procedimientos de “diligencia”, prestando especial atención a la residencia, para verificar y gestionar la información de los vendedores que operan en sus plataformas. Estas obligaciones se aplicarán a las transacciones relacionadas con bienes inmuebles y medios de transporte, así como a servicios personales y venta de bienes, debiendo presentarse en el mes de enero siguiente a la transacción.

Además, estarán exentos de estas obligaciones los operadores que demuestren haber comunicado la información mediante otros operadores y las plataformas domiciliadas en países con acuerdos de intercambio de datos similares con la Unión Europea.

En el caso de inspecciones conjuntas, se abrirá la posibilidad de llevar a cabo controles simultáneos a una misma empresa en varios países europeos y permitirá la actuación de agentes españoles en países europeos y viceversa. Durante inspecciones realizadas en España, todos los agentes deberán seguir la normativa española, sin excederse de las competencias conferidas por la legislación de su país de origen.

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