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Canarias pone orden y fija controles para las viviendas vacacionales

Turismo presenta un anteproyecto de ley garantista que pone el foco en los ayuntamientos y propone baremos urbanísticos, ambientales, territoriales y turísticos para ordenar debidamente el subsector
Vivienda vacacional

El anteproyecto de ley de ordenación del uso turístico de viviendas, presentado ayer por el Gobierno de Canarias, establece que, al menos el 90% de la edificabilidad residencial, excluirá el uso turístico de hospedaje, porcentaje que, en las Islas Verdes, será de, al menos, el 80%, salvo que el planeamiento urbanístico justifique una reserva menor, aunque, en todo caso, tendrá que justificarse debidamente tras pasar controles relacionados desde el planeamiento hasta el medio ambiente, entre otros parámetros.

La consejera autonómica de Turismo y Empleo, Jéssica de León, y el director general de Ordenación, Formación y Promoción Turística, Miguel Ángel Rodríguez, anunciaron ayer el contenido provisional de la futura norma, que, de cualquier modo, se someterá a información pública hasta el próximo 2 de mayo y que, en todo caso, pretende consolidar “un cambio de paradigma para poner al residente en el centro”.

La clave del anteproyecto radica en los ayuntamientos, dado que, desde que entre en vigor, “podrá haber un uso turístico” de la vivienda “cuando lo decida”, núcleo por núcleo, “el planeamiento municipal a través de diversos instrumentos que no han de ser planes generales de ordenación, sino que también se podrá articular para tal fin ordenanzas o planes especiales. En todo caso, se acabó lo dispuesto en la normativa aún vigente y la decisión ya no quedará “al libre albedrío de los propietarios ni del mercado”.

Sea como fuere, la transición será pausada, por cuanto está previsto establecer un régimen transitorio “equilibrado” de cinco años, tiempo en el que no podrá haber ni una vivienda vacacional más si no lo establece el planeamiento municipal, una vez que justifique que se cumplen una serie de “indicadores de sostenibilidad”. Durante esos cinco años, detalló Rodríguez, los propietarios que ya comercialicen viviendas vacacionales “podrán dormir tranquilos porque a nadie se le quitará nada”, si bien tendrán que adaptarse a las nuevas determinaciones de esta ley, ya que, de lo contrario, terminarán saliendo del mercado.

Excepciones

Eso sí, para salvar este plazo transitorio se fijan una serie de excepciones, como la que permitirá a un propietario seguir explotando una vivienda vacacional durante veinte años con la condición de que ponga en el mercado otra vivienda en régimen de alquiler de larga duración con un precio que represente el 30 % de los ingresos medios que se registren en el núcleo poblacional donde se encuentre, que ha de ser el mismo en el que comercialice el inmueble con uso turístico.

La futura ley también prohibirá dar un uso turístico a una vivienda protegida y fijará un plazo de diez años para dar ese uso a una vivienda residencial, entendida esta como la que se ocupa más de 183 días al año. Un solar de uso residencial tampoco se podrá destinar a uso turístico al 100% sin que un ayuntamiento lo apruebe previa evaluación. Se trata de ponderar el derecho a la vivienda con la protección del entorno urbano y las expectativas de la iniciativa empresarial en una región con 1.078.000 inmuebles en el que la vivienda vacacional, con 222.014 plazas, representa el 37% de la oferta alojativa total (555.000 plazas).

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