economía

La publicidad de viviendas turísticas ilegales hace reaccionar a Consumo

El Ministerio anuncia una investigación sobre potenciales prácticas comerciales desleales, al anunciarse en plataformas sin tener licencia
Tiendas de campaña ofrecidas como viviendas vacacionales en Tenerife. | Efe

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto una investigación sobre potenciales prácticas comerciales desleales en relación con las viviendas turísticas que operan sin licencia y que se anuncian por toda España en plataformas destinadas al alquiler turístico. Las multas podrían llegar a 100.000 euros.

Aunque hay que reconocer que se han tomado su tiempo, dado que dichas actividades se llevan a cabo desde hace muchos años, como es público y notorio, desde la dirección general de Consumo, integrada en dicho ministerio, se aseguró ayer que ya han identificado posibles prácticas de este tipo en diferentes ciudades españolas.

Con base en la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (vigente desde que fue promulgada, allá por noviembre de 2007), estos usos comerciales son desleales y, por tanto, suponen una infracción que puede “generar lesiones o riesgos para los intereses de consumidores y usuarios de forma generalizada”, señalan desde la citada dirección general de Consumo.

Número significativo

Según la información oficial ofrecida por autoridades autonómicas y municipales con competencia en este ámbito, un número significativo de viviendas turísticas opera sin licencia, razón por la que el Ministerio liderado por Pablo Bustinduy ha decidido, al fin, poner en marcha esta investigación con el fin de proteger a las personas consumidoras y usuarios ante estas prácticas.

En tal sentido, y con el afán de pasar de las palabras a los hechos, la dirección general de Consumo ha enviado requerimientos a las principales plataformas de alquiler turístico para obtener información sobre las viviendas que son anunciadas en este ámbito, haciendo especial hincapié, apuntan desde Consumo, “en la actividad y responsabilidad de aquellos grandes arrendadores o empresas dedicadas a la gestión de grandes cantidades de pisos turísticos en diversas comunidades autónomas y que podrían estar incurriendo en prácticas comerciales desleales en base al artículo 47 de la mencionada ley general”.

Este artículo describe hasta ocho modalidades distintas de infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios.

Con la información que se recabe a través de estos requerimientos, la dirección general de Consumo va a estudiar la posibilidad de abrir expedientes sancionadores por estas prácticas que, según el precepto legal, pueden llegar a calificarse como infracciones graves, con multas de hasta 100.000 euros, cantidad que se puede sobrepasar hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido.

No se prejuzga

Asimismo, y como no podía ser de otra manera, desde la dirección general de Consumo del Ministerio se recalca que la apertura de esta investigación “no prejuzga el resultado final de la misma”.

Es precisamente a través de las plataformas donde se han descubierto casos extremos que ilustran a la perfección los excesos cometidos en este ámbito, al punto de que, por citar un ejemplo cercano, han llegado a utilizarse como viviendas vacacionales lo que, en realidad, eran meras tiendas de campaña ubicadas en la azotea de un céntrico inmueble en Santa Cruz de Tenerife.

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