Cuando uno de los herederos se instala en una vivienda familiar tras el fallecimiento de los propietarios y rechaza abandonarla, el resto de los beneficiarios de la herencia dispone de mecanismos legales para actuar. Este tipo de situaciones es habitual en los procesos sucesorios, sobre todo cuando la herencia aún no ha sido repartida y los bienes siguen en régimen de indivisión.
Tal y como señala el abogado especializado en derecho sucesorio Manuel Hernández, la solución depende del grado de acuerdo entre los herederos. Si la mayoría del patrimonio hereditario está representada por coherederos que coinciden en actuar, pueden recurrir al desahucio por precario, una vía judicial destinada a recuperar un inmueble ocupado sin un título legal que lo respalde, como un contrato, un usufructo o la autorización del resto de copropietarios.
Este procedimiento permite que un juez ordene el desalojo y establezca un plazo para que el ocupante abandone la vivienda.
En los casos en los que no existe consenso entre los herederos, la opción pasa por solicitar la división judicial de la herencia, un proceso que fuerza el reparto de los bienes a través de los tribunales.
Además, durante este trámite puede incorporarse al inventario el valor del uso exclusivo de la vivienda, calculado según el precio de mercado del alquiler, lo que implica que el heredero que reside en ella deberá indemnizar económicamente al resto.
¿Qué ocurre si los padres permitieron vivir allí?
Ese consentimiento deja de ser válido tras el fallecimiento de los propietarios. Desde ese momento, el inmueble forma parte del conjunto de bienes hereditarios y ninguno de los herederos puede atribuirse su uso exclusivo, salvo que así conste en el testamento o exista una adjudicación formal previa.





