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Sentencia sin precedentes en España: la DGT no puede multar sin identificar al conductor

CER 5 febrero, 2020
Actualizado 2020/02/05 at 9:01 PM
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“No existe prueba en el expediente administrativo de que el recurrente fuera el conductor”. Esto es lo que dicta la sentencia del tribunal, que exime a un conductor madrileño del pago de una multa de 300 euros interpuesta por la Dirección General de Tráfico (DGT) tras haber sido ‘pillado’ por un helicóptero presuntamente a 160 kilómetros por hora, en una autovía cuyo límite de velocidad está fijado en 120. Asimismo, el fallo también deja sin efecto la retirada de dos puntos del carné.

Como es habitual en estos casos, al no poder identificar al supuesto infractor, la DGT pidió al propietario del vehículo que comunicara el nombre de la persona que estaba conduciendo el coche en el momento de los hechos, o bien que abonara los 300 euros de sanción. Según informó El Confidencial, el denunciado se negó y recurrió la sanción ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 6 de Madrid, que ha deliberado a su favor en una sentencia histórica contra la DGT.

ENLACES: multas DGT, multas tráfico
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