El TSJC hace corresponsable a Sanidad del suicidio una imputada en el Faycán

La exconcejal de Telde, que ya había intentado matarse en ocasiones anteriores, ingresó en el Hospital Doctor Negrín con una sobredosis de medicamentos, de la que fue atendida en urgencias y dada de alta a las pocas horas sin que la viera un psiquiatra

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado al Servicio Canario de Salud (SCS) corresponsable del suicidio de una de las principales imputadas del proceso por corrupción municipal conocido como ‘caso Faycan‘, por no haberle prestado una atención adecuada la víspera.

La exconcejal de Obras y Contratación de Telde, María Antonia Torres (PP), se tiró al vacío desde un edificio de Las Palmas de Gran Canaria el 25 de marzo de 2010, en plena instrucción del “caso Faycán”, en el que la Fiscalía le imputaba delitos de prevaricación, cohecho, falsedad en documento público y malversación, entre otros.

La exconcejal de Telde, que ya había intentado matarse en ocasiones anteriores, ingresó el día previo en el Hospital Universitario Doctor Negrín con una sobredosis de medicamentos, de la que fue atendida en urgencias y dada de alta a las pocas horas.

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC considera que el SCS incumplió sus propios protocolos sobre pacientes con conocidas tendencias suicidas al darle el alta sin que antes la viera el psiquiatra de guardia en el centro.

En una sentencia firme que adelanta “Canarias 7” y a la que ha tenido acceso hoy Efe, el TSJC reconoce que María Antonia Torres no era paciente del SCS -estaba bajo la tutela de médicos privados- y que su decisión de acabar con su vida no es plenamente imputable a la sanidad pública de la comunidad autónoma.

Los magistrados basan su fallo, fundamentalmente, en el incumplimiento de los protocolos, porque Torres recibió el alta después de que el médico de guardia conversara con ella y le reconociera el error que había cometido al intentar matarse con medicamentos (en un intento que no era el primero de ese tipo).

De hecho, los protocolos del SCS para este tipo de casos dictaminan que “todo paciente que haya cometido un intento de suicidio o tenga ideas autolíticas activas, debe ser valorado por el psiquiatra de guardia y este decidirá la verdadera gravedad y riesgo, así como la posterior actuación”.

La sentencia relata que el psiquiatra del hospital sí había acudido a verla unas horas antes, pero no pudo hablar con ella, porque estaba somnolienta y con una sonda nasogátrica puesta.

La Sala admite que “es posible” que, si hubiera hablado con ella, el psiquiatra hubiera tomado la misma decisión que el médico de urgencias, darle el alta, y con el mismo resultado, pero subraya que lo relevante es que no se cumplieron los protocolos ni se ofreció a la paciente toda la atención que era necesaria.

El TSJC considera que, en este caso, procede cargar la sanidad pública con el 50 por ciento de la responsabilidad patrimonial de lo que ocurrió 24 horas más tarde, cuando Torres decidió tirarse al vacío, y condenarla a indemnizar a sus familiares con 75.000 euros.

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