El Gobierno de Canarias funciona con 106 altos cargos en 11 departamentos

La consejería con menos personal de dirección es la de Obras Públicas y Transportes (6),mientras que en la presidencia trabajan 14
El presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, conversa con el consejero de economía, Pedro Ortega. / ANDRÉS GUTIÉRREZ
El presidente del Gobierno de Canarias, Fernando Clavijo, conversa con el consejero de economía, Pedro Ortega. / ANDRÉS GUTIÉRREZ

Si son muchos o pocos es algo relativo. El hecho objetivo indica que la Administración autonómica de Canarias suma 106 altos cargos. De esa cifra, la presidencia del Gobierno tiene 14: el presidente,  Fernando Clavijo; la vicepresidenta, Patricia Hernández; cuatro viceconsejerías, seis direcciones generales, un comisionado y un secretario general. Solo una consejería -la de Obras Públicas y Transportes- funciona con apenas 6: a Ornella Chacón la acompañan un viceconsejero, dos directores generales, una secretaria general técnica y el director gerente de la entidad pública empresarial Puertos Canarios.

Con 13 altos cargos figura la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad: tres viceconsejerías y seis direcciones generales; además de las directoras generales de los organismos autónomos Instituto Canario de Administración Pública e Instituto Canario de Igualdad.

Dos consejerías disponen de 10 altos cargos: Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, y la de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento. Eso sí, al frente de la primera de ellas se encuentra la propia vicepresidenta e incluye al director  del organismo público Servicio Canario de Empleo.

Con 9 hay 5: Hacienda; Sanidad; Educación y Universidades; Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, y Turismo, Cultura y Deportes. Para el cómputo de este grupo cuentan los directores o directoras de cuatro organismos autónomos, una sociedad mercantil pública y una entidad.

En la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad ejercen 8 altos cargos: la consejera, dos viceconsejerías, tres direcciones generales, la secretaria general técnica y la directora ejecutiva del organismo autónomo Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

Aparte de la Administración en sí, la aplicación del Estatuto de los Altos Cargos y Buen Gobierno se extenderá al conjunto del sector público autonómico: los organismos autónomos y entidades públicas dependientes;  otras entidades de derecho público; las sociedades mercantiles; las fundaciones adscritas a la Comunidad Autónoma, y los consorcios dotados de personalidad jurídica.

En consecuencia,  adquieren la condición de altos cargos, entre otros, quienes sean miembros del Gobierno; las personas titulares de las viceconsejerías, secretarías generales técnicas, direcciones generales y órganos asimilados de la Administración; los titulares de la presidencia, dirección y órganos asimilados de los organismos autónomos y demás entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Sin embargo, no está afectado “el personal eventual que ejerza funciones calificadas de confianza que realice tareas auxiliares de secretaría y apoyo material” a los integrantes del Ejecutivo y el resto de los altos cargos.

A fin de despejar dudas, la ley definirá el régimen jurídico.

 

[su_note note_color=”#d0d3d5″ radius=”2″]La oficina de intereses hará una lista
de las donaciones y los regalos recibidos en cada año natural

Al igual que hace la Casa Real, la futura Oficina de Intereses de Altos Cargos de la Comunidad Autónoma de Canarias elaborará un listado de los regalos, obsequios y donaciones recibidos durante cada año natural con la información que remita el órgano competente para la gestión patrimonial. Ese catálogo recogerá la descripción y el destinatario.  El anteproyecto que regula esta práctica traza unas líneas rojas, de manera que los altos cargos deberán rechazar las ofrendas realizadas por “personas, entidades o instituciones por cualquier causa relacionada con sus competencias o funciones”. La prohibición excluye las muestras de cortesía social y atenciones protocolarias, como “las enmarcadas en los usos habituales y costumbres de cortesía, siempre que no sobrepasen los 90 euros, y los gastos derivados de la participación en un acto público o una visita”.[/su_note]

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