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Mabel Joyeros podrá seguir comercializando la figura del Enano tras la desestimación de la demanda de Ferreiro

La sentencia desestima la denuncia de JOyerías Ferreiro para tener la exclusividad y reconoce que no hay riesgo de confusión ni infracción en el uso de la marca


El litigio entre joyerías por el uso y comercialización de la figura del Enano de la Bajada de la Virgen, tras la denuncia de Pedro Ferreiro en 2013, se ha resuelto en primera instancia a favor de Mabel Joyeros. Así, esta empresa denunciada por Pedro Ferreiro ha sido desestimada, con lo que ambos podrán continuar con la explotación comercial del a figura del Enano.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife, ha dictado sentencia contra la que Ferreiro podrá presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincia de Santa Cruz de Tenerife en un plazo de 20 días. Pese a que el recorrido jurídico pueda continuar, la noticia ha sido acogida con satisfacción por los demandados. eugenia paiz
Santa Cruz de La Palma

El litigio entre joyerías por el uso y comercialización de la figura del Enano de la Bajada de la Virgen, tras la denuncia de Pedro Ferreiro en 2013, se ha resuelto en primera instancia a favor de Mabel Joyeros. Así, esta empresa denunciada por Pedro Ferreiro ha sido desestimada, con lo que ambos podrán continuar con la explotación comercial del a figura del Enano.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Santa Cruz de Tenerife, ha dictado sentencia contra la que Ferreiro podrá presentar recurso de apelación ante la Audiencia Provincia de Santa Cruz de Tenerife en un plazo de 20 días. Pese a que el recorrido jurídico pueda continuar, la noticia ha sido acogida con satisfacción por los demandados. En Mabel Joyeros estaban convencidos de que los argumentos expuestos en la demanda para impedir que ninguna otra joyería comercializara la imagen del Enano de la Bajada, no prosperaría y que prevalecería uno de los argumentos que esgrimieron para defenderse de una denuncia que en su día les pilló por sorpresa: “Sobre ella no se puede establecerse ninguna clase de monopolio o exclusividad que impidan su utilización para representar otras marcas y otros diseños”.

Mabel argumentó que Ferreiro ha tratado de monopolizar la figura del Enano, la cual pertenece al dominio público “y todo a través del registro de un único diseño de modo que lo único que puede estar potegido es este específico diseño” y recuerda además que el demandante “no puede ser considerado como autor, creador o inventor de dicho personaje (el Enano)”. En su argumentario explica el ahora absuelto que “la figura del Enano es irreivindicable y se viene comercializando desde los años 50”.

El registro del diseño industrial del Enano fue solicitado a mediados de 1989 por el Ayuntamiento capitalino, y aprobado por la Oficina de Patentes y Marcas en enero de 1990. La empresa de Ferreiro llegó a advertir al Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma mediante una carta, que “el registro de la marca confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizarla en el trafico económico, lo que le faculta para prohibir que terceros, sin su consentimiento, utilicen en el trafico económico”. Ferreiro ya recordó al Ayuntamiento en esta carta en el año 2013 que cualquier signo que por ser idéntico o semejante a la marca y por ser idénticos o similar a los productos o servicios impliquen un riesgo de confusión del público, puede estar sometido a recibir la correspondiente reclamación por las acciones civiles que podría ejercitar como titular de la marca. Entre ellas, la cesación de los actos que violen su derecho; la indemnización de los daños y perjuicios sufridos, entre otras medidas.

Los enfrentamientos por el uso de la figura del Enano de la Bajada de la Virgen ha sido una constante, incluso entre la empresa y el Ayuntamiento de la capital con veladas advertencias entre ambos. Hasta ahora la figura del Enano se ha venido reproduciendo pese a las quejas de Ferreiro, lo mismo para la venta de camisetas, que en objetos de artesanía y otro sin fin de elementos que tratan de evocar las Fiestas Lustrales y su número más emblemático.

Mabel argumentó que Ferreiro ha tratado de monopolizar la figura del Enano, la cual pertenece al dominio público “y todo a través del registro de un único diseño de modo que lo único que puede estar potegido es este específico diseño” y recuerda además que el demandante “no puede ser considerado como autor, creador o inventor de dicho personaje (el Enano)”. En su argumentario explica el ahora absuelto que “la figura del Enano es irreivindicable y se viene comercializando desde los años 50”.

El registro del diseño industrial del Enano fue solicitado a mediados de 1989 por el Ayuntamiento capitalino, y aprobado por la Oficina de Patentes y Marcas en enero de 1990. La empresa de Ferreiro llegó a advertir al Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma mediante una carta, que “el registro de la marca confiere a su titular el derecho exclusivo a utilizarla en el trafico económico, lo que le faculta para prohibir que terceros, sin su consentimiento, utilicen en el trafico económico”. Ferreiro ya recordó al Ayuntamiento en esta carta en el año 2013 que cualquier signo que por ser idéntico o semejante a la marca y por ser idénticos o similar a los productos o servicios impliquen un riesgo de confusión del público, puede estar sometido a recibir la correspondiente reclamación por las acciones civiles que podría ejercitar como titular de la marca. Entre ellas, la cesación de los actos que violen su derecho; la indemnización de los daños y perjuicios sufridos, entre otras medidas.

Los enfrentamientos por el uso de la figura del Enano de la Bajada de la Virgen ha sido una constante, incluso entre la empresa y el Ayuntamiento de la capital con veladas advertencias entre ambos. Hasta ahora la figura del Enano se ha venido reproduciendo pese a las quejas de Ferreiro, lo mismo para la venta de camisetas, que en objetos de artesanía y otro sin fin de elementos que tratan de evocar las Fiestas Lustrales y su número más emblemático.

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