
Como adelantaron los especialistas, los tribunales de Justicia españoles ya han comenzado a dar la razón a los afectados por el escándalo del caso Popular y han comenzado a dictar sentencias a favor de quienes compraron acciones en la ampliación de capital que la entidad financiera llevó a cabo en 2016.
El Banco Popular fue intervenido y liquidado por orden del Banco Central Europeo (BCE) en junio del pasado año, tras constatar su supuesta inviabilidad financiera en una decisión altamente discutible y sobre la que las autoridades europeas siguen negándose a facilitar datos a la Justicia, siendo adquirido poco después por el Banco Santander por un euro, lo que supuso la pérdida del dinero para todos los accionistas.
De momento, han sido cinco los juzgados españoles que así lo han entendido, aceptando las reclamaciones efectuadas por los que se vieron sorprendidos por la insólita liquidación de una entidad que, hace apenas unos años, presumía precisamente de su alto nivel de gestión. En concreto, dichos juzgados pertenecen a las provincias de Oviedo, Alicante, Galicia, Málaga y Valencia y Vigo.
Por ejemplo, el fallo dictado en Oviedo el pasado mes de marzo (el primero sobre este asunto del que se tiene constancia) argumenta su decisión al destacar la “notable diferencia” entre la situación real y la ofrecida por el folleto donde se recogieron las condiciones fijadas para la referida ampliación de capital. En el caso de Oviedo se recuperaron los 5.454 euros abonados por unas 5.000 acciones compradas por una información “falseada o irregular”, determina la sentencia.
En cuanto a la última de estas cinco sentencias, la del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de Alicante, devuelve a la afectada los 910 euros que pagó por unas 720 acciones, dado que, a juicio del juez, el Popular incumplió sus obligaciones legales al transmitir “una información inexacta o inveraz”.
De momento, en Canarias no se ha dictado sentencia alguna sobre el caso, si bien el especialista en reclamaciones financieras y colaborador habitual de DIARIO DE AVISOS, el abogado tinerfeño Carlos Gómez, no descarta que “pronto habrá alguna. Desde nuestro bufete hemos presentado ya un par de decenas de demandas, y parece claro que, como advertimos en su día, las irregularidades de la ampliación de capital efectuada en 2016 apenas ofrecen dudas desde la perspectiva jurídica. Por eso desaconsejamos a nuestros clientes aceptar los acuerdos ofrecidos desde el Santander, que, en el mejor de los casos, suponía para el afectado la pérdida de más del 30% de su dinero”.
Aunque para Gómez lo mejor es reclamar por la vía judicial, no todos los supuestos son iguales, y menos en el caso del Popular. “Hay que distinguir entre los accionistas que acudieron a la última ampliación de capital, y los accionistas que eran titulares de acciones con anterioridad. A priori, todos los accionistas que acudieron a la última ampliación de capital tienen más opciones para que su reclamación sea exitosa y así lo están resolviendo la mayoría de las sentencias”.
Sin embargo, también han perdido su inversión los propietarios de acciones (o de bonos convertibles y deuda subordinada) del Popular. A este respecto, el especialista considera que, “si bien el transcurrir del tiempo y la resolución de determinados procesos judiciales en curso están empezando a aclarar la situación, a día de hoy lo mejor es esperar al desarrollo de estos procesos antes de presentar la reclamación”.
DÍAS ANTES
En Canarias se estima que los afectados por el Popular se cifran en al menos 4.000 personas, para un total superior a 200.000 repartidos por todo el mundo. Entre ellos no está el Gobierno de Canarias, que retiró todos los fondos que tenía depositados en la entidad (636 millones de euros) unos días antes de la liquidación. El director del Tesoro regional, Javier Armas, aseguró en su día que tal decisión se tomó ante la “preocupación” por la evolución de la entidad.