caso grúas

Anticorrupción insiste: hay indicios delictivos en la actuación de Clavijo

La fiscal María Farnés se opone a la nueva petición de archivo del caso, ahonda en la posible comisión de los delitos de prevaricación y malversación, y pide más pruebas para decidir sobre el tráfico de influencias
El presidente de Canarias en funciones, Fernando Clavijo, tras declarar como imputado en el caso Grúas. Fran Pallero
El presidente de Canarias en funciones, Fernando Clavijo, tras declarar como imputado en el caso Grúas. Fran Pallero
El presidente de Canarias en funciones, Fernando Clavijo, tras declarar como imputado en el caso Grúas. Fran Pallero

La fiscal delegada de la Fiscalía Anticorrupción en la provincia de Santa Cruz de Tenerife, María Farnés, se ha opuesto rotundamente a la solicitud de sobreseimiento del llamado caso Grúas realizada por José Antonio Choclán, el nuevo abogado del presidente de Canarias, Fernando Clavijo, imputado por esta causa junto a su sucesor al frente de la Alcaldía de La Laguna, José Alberto Díaz, el también concejal de Coalición Canaria en La Laguna Antonio Pérez-Godiño y la exdirectora del Área de Seguridad Ciudadana en el Ayuntamiento Rosario García.

En un escrito presentado ante el Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna y cuya copia obra en poder de DIARIO DE AVISOS, Farnés concluye que “en este momento procesal resulta muy prematuro adoptar ninguna resolución finalizadora del procedimiento, y mucho menos dictar auto de sobreseimiento libre de las actuaciones, tal y como pretende la representación de Clavijo”.

Tal postura se debe, fundamentalmente, a que la fiscal Anticorrupción provincial advierte indicios de la comisión por parte de Clavijo, a cuenta de la concesión municipal de las grúas laguneras, tanto de posibles delitos de prevaricación administrativa como de malversación de caudales públicos. Respecto al posible tráfico de influencias, Farnés advierte que, de lo practicado hasta ahora, no se puede descartar, e insiste en la necesidad de que sean citados como testigos el anterior dueño de la concesionaria, José Padilla, y varios extrabajadores, entre otros.

De especial interés resulta lo expuesto por la fiscal sobre cada una de las figuras delictivas sobre las que versa el caso Grúas, del que DIARIO DE AVISOS lleva informando exhaustivamente desde diciembre de 2017.

Así, sobre el primero de los delitos, en el escrito de la fiscal se señala que “se aprecia la existencia de numerosos indicios del delito de prevaricación administrativa previsto en el artículo 404 del Código Penal”. En particular, María Farnés pone enfásis en que “no se da explicación alguna de por qué no se caduca [termino jurídico que hace referencia a retirar la concesión] la concesión resolviendo el contrato por así declararlo de forma obligatoria el pliego de condiciones, sin que pueda entenderse que la caducidad o no de la concesión sea una facultad potestativa del Ayuntamiento, ya que lo que es potestativo es el contenido del pliego de condiciones, pero, una vez fijado, tiene carácter obligatorio”. Además, también se recuerda que “se contrata nuevamente prórroga por otros cinco años con una empresa que presentaba deudas con las administraciones públicas, contraviniendo de esta forma lo dispuesto (…) en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales; y se contrata además con una empresa que podía estar en situación de concurso, contraviniendo lo dispuesto en (…) la Ley de Sociedades de Responsabilidades de Sociedad Limitada (…) y el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público”.

De particular interés resulta la acotación de la fiscal sobre la necesidad, exigida por el Tribunal Supremo, de que el delito de prevaricación administrativa “debe tener su verdadera dimensión en cada caso en concreto, pues no es lo mismo que el hecho sea cometido por una persona lega en conocimientos jurídicos que otra que, por su profesión, cargo o cualquier otra circunstancia, posea estos conocimientos, sobre todo en el ámbito administrativo”. Pues bien. A este respecto, la fiscal no duda en recordar que “en este caso, tratándose de Fernando Clavijo, el mismo es economista y, además, es público y notorio que fue concejal de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de La Laguna desde 2003 a 2007 y alcalde de dicho municipio entre los años 2008 a 2014”.

En cuanto a la malversación de caudales públicos, “entiende el Ministerio Fiscal que, en este momento procesal, concurren o se aprecian indicios que permiten entender que con la concesión del préstamo de 120.000 euros a Autogrúas Poli SL se ha podido producir un delito de malversación de caudales públicos a pesar de que el mismo se hubiera devuelto íntegramente, ya que por haberse efectuado dicha devolución no desaparece el delito, ni podemos decir que en el momento en que fue concedido no se hubiera producido un perjuicio patrimonial, dado que desaparecen de las arcas municipales 120.000 euros; ahora bien, como el dinero ha sido reintegrado, lo que sí podemos decir es que en estos momentos no existe responsabilidad civil por este hecho”.

Respecto al tercero de los tipos delictivos, el de tráfico de influencias, la fiscal concluye que “en relación a este delito entiende el Ministerio Fiscal que hasta este momento no se ha practicado prueba alguna para poder desvirtuar la existencia del mismo, toda vez que están pendientes de prestar declaración todos aquellos funcionarios que intervinieron en este procedimiento y respecto a los cuales habrá que indagar si recibieron algún tipo de presión o indicación por parte de Fernando Clavijo, bien por sí o por persona interpuesta, para informar en el sentido que consta en los respectivos expedientes administrativos, toda vez que no es creíble que la decisión de no caducar la concesión, la de contratar informes externos, la de conceder el préstamo o bien la de prorrogar la concesión se hubieran hecho a espaldas del alcalde o del concejal del área respectiva [José Alberto Díaz, el hoy alcalde], máxime cuando aquellos informes que se utilizaron para levantar los reparos del interventor general fueron realizados o refrendados por funcionarios que ocupaban cargos de confianza en el Ayuntamiento de La Laguna, y que incluso en la actualidad siguen ocupando cargos de confianza en el Gobierno de Canarias, como es el caso de Ceferino Marrero, director de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de La Laguna en la fecha de los hechos y nombrado secretario general de Presidencia del Gobierno de Canarias mediante decreto 221/2015 de 21 de julio, el mismo año en que Fernando Clavijo fuera elegido presidente del Gobierno de Canarias.

De interés

Además de lo expuesto, de nuevo la fiscal aporta al procedimiento un detallado escrito, cercano al medio centenar de páginas, en el que también destaca su valoración sobre los incumplimientos muy graves del pliego de condiciones para la concesión del servicio por parte del grupo de siete empresarios (algunos afines al propio Clavijo), a los que se prestaron 120.000 euros y se les prorrogó la concesión otros cinco años, a pesar de que, por citar dos ejemplos, tenían deudas con la Seguridad Social y otros impuestos, así como el hecho de que las grúas carecían hasta de la tarjeta habilitante para que pudieran circular. A este respecto, Farnés no solo sostiene que esos incumplimientos obligaban al Ayuntamiento a recuperar la concesión, sino que cuantifica en cuatro esos incumplimientos muy graves, cuando bastan dos para que se tenga que proceder automáticamente a dicha recuperación de la concesión.

Otro dato nada baladí que se recoge en el escrito de Farnés es que “se observa cierta manipulación en el informe de 13 de marzo de 2014” emitido por Rosario García, dado que achaca a un dictamen contratado a juristas externos el préstamo de los 120.000 euros, cuando estos “realmente hacen constar que resulta necesario arbitrar un sistema que permita aportar los fondos en concepto de anticipo de facturaciones futuras”, así como que “resulta extraordinariamente curioso que se omita en dicho informe toda referencia” al elaborado anteriormente por los interventores del servicio, “en el que claramente recomiendan que se estudie la posibilidad de que la concesión pase a ser ejercida de forma directa por el Ayuntamiento”.

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