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El Gobierno abre la puerta a que las empresas puedan despedir tras un ERTE

Sánchez, sindicatos y patronales rubrican el nuevo texto cuyo contenido aprobará este martes el Consejo de Ministros.

Con la máxima solemnidad y con las medidas de seguridad a las que obliga el coronavirus, los representantes de Gobierno, sindicatos y patronal han firmado el documento que recoge las nuevas condiciones que tendrán los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) por el Covid-19, que a partir del miércoles quedarán desvinculados del estado de alarma y durarán, como mínimo, hasta el 30 de junio.

El nuevo texto contiene cambios respecto a lo pactado el pasado viernes. El más importante de todo ellos son nuevas excepciones a la prohibición del despido dictada por el Gobierno. “El compromiso del mantenimiento del empleo se valorará en atención a las características específicas de los distintos sectores y la normativa laboral aplicable, teniendo en cuenta, en particular, las especificidades de aquellas empresas que presentan una alta variabilidad o estacionalidad del empleo”, reza el documento.

Se trata de una referencia que parece destinada a cubrir la situación de los contratos fijos-discontinuos, sobre todo de cara a este verano. Sin embargo, esta redacción abre la puerta a que se pueda revisar, al menos por sectores, la condición de que las empresas no puedan despedir en los seis meses posteriores a recuperar la actividad tras un ERTE.

Polémica

Cabe recordar que la prohibición del despido hasta prácticamente 2021 para las empresas acogidas a un ERTE ha sido uno de los puntos más polémicos del texto consensuado entre sindicatos, patronal y Gobierno.

El sector privado ambicionaba reducir el total del periodo, y parece que el Gobierno ha cedido en varios aspectos. Además, de la excepción al despido antes comentada, la cuenta atrás para poder despedir ya no se inicia cuando termine el ERTE, como rezaba originalmente la legislación, sino cuando las empresas comiencen a recuperar la actividad.

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