
Las islas de La Gomera, El Hierro y La Graciosa, junto a Formentera, avanzarán el lunes a fase 2 del plan de desescalada tras la petición de las autoridades sanitarias regionales, y en coherencia con que estas islas pasaron a fase 1 una semana antes.
Entre las actividades que se podrán realizar en fase 2 destaca la apertura de los bares y restaurantes para consumir en su interior, salvo los de ocio nocturno, la apertura de los centros comerciales, las reuniones de 15 personas, la celebración de bodas, así como velatorios con hasta 15 personas en interior y 25 en espacios abiertos, el aumento del 50% del aforo en las iglesias, la apertura de zonas comunes en los hoteles o de los locales culturales.
Bares y restaurantes
En relación a las actividades de hostelería y restauración, se podrá proceder a la reapertura al público para consumo en el local, salvo las discotecas y los bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el 40% de su aforo y se cumplan las medidas establecidas en esta orden de distancia social. También permite la apertura al público de las zonas comunes de los hoteles y alojamientos turísticos, siempre que no se supere un tercio de su aforo.
Se podrán abrir los centros comerciales, pero prohibiendo el uso de las zonas comunes o áreas recreativas, y limitando al 40% el aforo de los establecimientos situados en ellos. Se amplía el número de puestos en mercados al aire libre a un tercio de los habituales, limitando la afluencia.
Movimientos en la Isla
La orden flexibiliza la circulación por la Isla, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno a la residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad. Canarias podría permitir las visitas de un familiar a viviendas tuteladas o a residencias de personas con discapacidad, siempre que no haya casos confirmados de Covid-19 o alguno de los residentes esté en cuarentena.
El texto señala que las personas menores de 70 años podrán realizar la actividad física no profesional en cualquier franja horaria a excepción de la comprendida entre las 10.00 y las 12.00 y entre las 19.00 y las 20.00 horas, que queda reservada a los mayores de 70 años y dependientes.
La orden deja abierta la posibilidad de que Canarias pueda acordar que estas franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de las mismas.
Las reuniones de grupos deberán ser de un máximo de 15 personas, excepto en el caso de personas convivientes. En todos los casos, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene para la prevención del Covid-19, y, en particular, las relativas al mantenimiento de una distancia mínima de dos metros o, en su defecto, medidas de protección física, uso de mascarilla y la higiene de manos.
bodas y celebraciones
La orden permite celebrar bodas con un aforo máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas. Durante la ceremonia se obliga a cumplir las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades. Respecto a las celebraciones posteriores con algún servicio de hostelería y restauración, se deberá seguir las normas de seguridad relativas a estas empresas.
Además se permite la apertura de locales de actos y espectáculos culturales. Si es un lugar cerrado, el espectador deberá contar con asiento pre-asignado y no podrá superarse un tercio del aforo original, ni reunir más de 50 personas. Si es al aire libre, el público deberá estar sentado, guardando la distancia, no superándose un tercio del aforo ni reuniendo a más de 400 personas.