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La multa que te puede caer si aumentas en 20 km/h la velocidad para adelantar

Esta acción aumenta el riesgo de que pueda producirse un accidente, sobre todo, en una carretera secundaria
Un automóvil de dispone a adelantar a otro en una carretera secundaria
Un automóvil de dispone a adelantar a otro en una carretera secundaria
Un automóvil de dispone a adelantar a otro en una carretera secundaria

Entre las nuevas normas de tráfico que el Consejo de Ministros aprobó en noviembre, como el endurecimiento de las sanciones sólo por usar el móvil en el interior del coche o por llevar un dispositivo que detecte radares, también se encuentra la eliminación de que un conductor de turismo o motocicleta pueda rebasar en 20 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida para adelantar a otro usuario. Y es que, según la Dirección General de Tráfico (DGT), esta acción aumenta el riesgo de que pueda producirse un accidente, sobre todo, en una carretera secundaria.

Por ello, y con el objetivo de reducir la siniestralidad, la DGT eliminará esta posibilidad de superar en 20 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida para adelantar a otro vehículo en carreteras convencionales. Esto ya se “había eliminado en todos los países de la Unión Europa y España era el único país que lo permitía”, explicaba hace dos meses el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la rueda prensa en la que anunciaba el paquete de medidas aprobadas por el Gobierno en materia de Tráfico.

Esto se traduce en que si usted está circulando tras un vehículo que viaja a 90 kilómetros por hora en un vía convencional, cuyo límite de velocidad es de esos mismos 90 kilómetros por hora, no podrá alcanzar los 110 para adelantarlo. De lo contrario, el conductor estará cometiendo una infracción “grave” o “muy grave” que puede ser sancionada con una multa de 100 a 600 euros y la detracción de 2 a 6 puntos de carné, en función del exceso de velocidad cometido.

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