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Un abogado tinerfeño frena en el TS los casos de hipotecas con IRPH

El Alto Tribunal suspende la causa en curso a la espera de que Europa vuelva a manifestarse sobre el polémico índice
Fachada del Tribunal Supremo, en Madrid. DA

El Tribunal Supremo ha tomado en cuenta la petición de un abogado tinerfeño, Pedro Revilla, y ha suspendido una causa relacionada con el llamado Índice de Referencia de Préstamos Hipotecario (IRPH) hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resuelva sobre la nueva cuestión prejudicial presentada por un juzgado de Barcelona.

La decisión no resulta nada baladí, dado que en Canarias se cuentan por miles los afectados que pueden reclamar judicialmente cantidades abonadas a cuenta de dicho índice.

En el caso que nos ocupa, la respuesta del TS ha sido suspender y solicitar información al TJUE, hasta que éste resuelva sobre la admisibilidad de las aclaraciones planteadas.

Este recurso de casación se interpuso contra una Sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife de 18 de abril de 2.018, que estimó el recurso de apelación de una entidad financiera, revocando el pronunciamiento del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de La Laguna, que había declarado la nulidad de la indexación del contrato de préstamo a los índices “IRPH Conjunto de Entidades” y “Deuda Pública”, por abusividad derivada de la falta de transparencia.

“Esta suspensión del recurso de casación da nuevas esperanzas a los consumidores, tras el cúmulo de sentencias desfavorables dictadas por Juzgados y Audiencias de toda España, siguiendo la jurisprudencia del Supremo fijada en sus sentencias de 12 de noviembre de 2.020, en clara contradicción con la jurisprudencia del TJUE”, explicó ayer Pedro Revilla a este periódico, quien añadió que “sin duda, se trata de una vía para la esperanza para los miles de consumidores de toda España, puesto que, la suspensión del alto tribunal obliga a las Audiencias y Juzgados a suspender también sus procedimientos, como de hecho ya había hecho la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife, adelantándose al TS; así como la Audiencia de Las Palmas, que procedió a suspender inmediatamente desde que tuvo conocimiento de la decisión del TS, con lo que el temor de consumidores y abogados a una Sentencia desfavorable con efectos de cosa juzgada se desvanece, en espera a lo que decida el TJUE”.

Asimismo, el letrado tinerfeño insistió en “la necesidad de que, de una vez por todas, el TS aplique la jurisprudencia del TJUE, lo que en la práctica implicará la ineludible declaración de nulidad de la mayoría de las clausulas de indexación de los préstamos hipotecarios a los índices IRPH, por la falta de transparencia de las entidades bancarias al haber omitido, al momento de la contratación, información relevante que estaban obligados a facilitar a los consumidores, que el TS, sorprendentemente, consideró innecesaria en sus sentencias de 12 noviembre”.

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