la laguna

Un año de cárcel para los acusados de provocar el motín en Las Raíces

Los cuatro procesados, que permanecían en prisión provisional desde que fueron detenidos cuando se produjeron los hechos, el pasado mes de abril, quedarán en libertad en las próximas horas
Disturbios en Las Raíces. Fran Pallero
Disturbios en Las Raíces. Fran Pallero
Disturbios en Las Raíces. Fran Pallero

La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a un año de prisión a cuatro inmigrantes acusados de provocar un motín en el campamento de Las Raíces, en La Laguna, para quienes el fiscal había pedido inicialmente once, aunque en el juicio rebajó su petición a entre cuatro y siete.

Como quiera que las penas son inferiores a dos años, los cuatro procesados, que permanecían en prisión provisional desde que fueron detenidos cuando se produjeron los hechos, el pasado mes de abril, quedarán en libertad en las próximas horas, según han confirmado a Efe fuentes de la defensa, así como que van a recurrir el fallo.

Las penas impuestas se corresponden a un delito de desórdenes públicos, y a uno de los procesados, Tariq E.M., la Audiencia lo condena además por tres delitos leves de lesiones, penados con un mes de multa, a razón de tres euros al día.

A los tres agentes de seguridad les deberá indemnizar con 1.500 euros a uno de ellos y con 350 a los otros dos.

La Audiencia considera probado que Tariq E.M. “alteró el orden” en el centro con una actitud “provocadora” hacia los vigilantes de seguridad del campamento en la zona de duchas, lo que devino en un tumulto.

Su actuación, abunda la sentencia, “es la semilla que produjo lo que hicieron los otros” tres acusados, Youssef S., Mourad N. y El Mellali E. M.

Estos “increparon, jalearon, insultaron, amedrentaron, exhibieron algún que otro instrumento peligroso como las cuchillas de las máquinas de afeitar, arrojaron objetos como piedras, golpearon, intentaron impedir el traslado del interno retenido a las oficinas del centro o, al menos, lo dificultaron enormemente, se colocaron delante de las oficinas ocasionando un tumulto”.

La Audiencia recalca que aunque estos lo nieguen y los trabajadores de la ONG ACCEM, que gestionan el campamento de Las Raíces, “lo edulcoren”, la prueba practicada en la vista oral demuestra que alteraron el orden público.

El tribunal dedica unas líneas para censurar la “no creíble versión” que en el juicio ofrecieron como testigos los trabajadores de la ONG, pues llegaron a “negar unos hechos que incluso son admitidos por los propios acusados”.

Estas declaraciones “en su mayor caso resultan inadmisibles por ofrecer una imagen cuasi idílica de lo sucedido aquella tarde, según declaran algunos caracterizada por la cordialidad”, abunda la sentencia.

La Audiencia no considera probados dos de los cinco delitos de lesiones que el fiscal imputaba a Tariq E.M., ni uno a Mourad N., como tampoco el delito de amenazas por parte de este último ni de Youssef S. y El Mellali E. M.

El tribunal insuficientes las declaraciones de los vigilantes de seguridad al no determinar con la precisión debida qué personas los rodearon y amenazaron, así como “la propia entidad de los gestos” que les hicieron, “todo ello al margen de la imposibilidad de entender lo que decían personas no conocedoras de la lengua española”, añade.

“Debe partirse de que los gestos de las acusados se produjeron como parte de los altercados, tumultos y desórdenes varios, y que en todo caso decir ‘nos vemos en la calle sin uniforme’ no resulta una amenaza tal como ha sido modelado este delito por la jurisprudencia”, concluye.

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