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‘Multón’ de 500 euros y 6 puntos del carné por superar el tiempo máximo de conducción diario

Si en una semana se conduce durante 56 horas (máximo permitido), en la siguiente sólo se podrá conducir durante 34 horas
Control de tráfico
Control de tráfico. / EP
Control de tráfico. / EP

La Dirección General de Tráfico (DGT) con el objetivo de reducir la siniestralidad y velar por el cumplimiento de la ley de Seguridad Víal está llevando a cabo una campaña de vigilancia hasta hasta el 13 de febrero. Por eso, el organismo recuerda, a través de sus redes sociales, la importancia de los descansos para los conductores profesionales de camiones y guaguas, y avisa de que aumentar o minorar los tiempos permitidos de conducción está considerado como infracción muy grave y acarrea una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos en el carnet de conducir. También, te podrá multar con esta cantidad si te pillan fumando en la carretera o si te cazan copiando en el examen de conducir.

El organismo recuerda que el tiempo máximo de conducción diario no puede exceder de 9 horas, salvo dos veces a la semana que puede llegar a las 10 horas. No obstante, tras un período de conducción de cuatro horas y media, el conductor debe hacer una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos, excepto que se haya tomado previamente un periodo de descanso.

La conducción semanal, por su parte, no puede exceder las 56 horas y en el caso de conducir dos semanas consecutivas, el tiempo al volante no superará las 90 horas. Teniendo en cuenta esto, si en una semana se conduce durante 56 horas (máximo permitido), en la siguiente sólo se podrá conducir durante 34 horas, debido a que la suma de las dos semanas ya es de 90 horas, el máximo permitido.

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