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Función Pública constituye las listas de empleo en Canarias

La Dirección General de la Función Pública prevé que estas listas de empleo puedan estar disponibles a mediados de mayo, ya que su "necesidad es apremiante"
Función Pública constituye las listas de empleo en Canarias
Función Pública constituye las listas de empleo en Canarias
Sede de la Presidencia del Gobierno de Canarias en Santa Cruz de Tenerife. Fran Pallero

La Dirección General de la Función Pública, centro adscrito a la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad del Gobierno canario ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) –el 20 de abril– la resolución por la que se constituyen las listas de empleo complementarias de personal funcionario interino relativas a diversos cuerpos, escalas y, en su caso, especialidades de Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Estos listados complementarios, explican, se han previsto para la selección y nombramiento de personal funcionario interino con destino a las consejerías, organismos autónomos y entidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, tras constatar que en las listas de empleo vigentes no existan o no se disponga de integrantes disponibles, según ha informado el Ejecutivo regional en nota de prensa.

La Dirección General de la Función Pública prevé que estas listas de empleo puedan estar disponibles a mediados de mayo, ya que su “necesidad es apremiante”.

En algunas especialidades (psicólogos, por ejemplo) las listas actuales, formadas por quienes han concurrido pero no superado, algún proceso selectivo no tienen ningún candidato para ser designado en situación de interinidad, mientras que en esa misma especialidad en las listas complementarias hay más de 1.000 personas inscritas que podrían aspirar a ser seleccionadas.

Autobaremación de las listas de empleo

Así, la ordenación de las citadas listas de empleo complementarias “queda ajustada” al resultado de la autobaremación efectuada por las personas aspirantes en el proceso de presentación de instancias.

De todas formas, antes de llevar a cabo el nombramiento, la Dirección General de la Función Pública procederá a comprobar tanto del cumplimiento de los requisitos por parte de la persona llamada como de la autobaremación efectuada en la solicitud y la estricta correspondencia con la documentación aportada.

Si tras la revisión de la documentación incorporada junto a la solicitud se detecta que no está suficientemente acreditada para el cumplimiento de los requisitos generales y específicos necesarios para el acceso al cuerpo, escala y especialidad en el que se participa, o, en su caso, de los méritos alegados y valorados en la autobaremación, previo trámite de subsanación, se resolverá la exclusión o la revisión de la puntuación reflejada en la baremación.

Las sucesivas actualizaciones en la composición u ordenación de las listas de empleo complementarias producto de la revisión que lleve a cabo la Dirección General de la Función Pública serán publicadas en la web señalada anteriormente.

La convocatoria para la constitución de estas listas complementarias se publicó en diciembre de 2021 y a ella se presentaron 49.372 solicitudes, que una vez depuradas se quedaron en 47.626, de las que han sido excluidas 470 porque forman parte del mismo cuerpo, escala, y, en su caso, especialidad de las listas vigentes constituidas de conformidad con lo dispuesto en la orden de 3 de marzo de 2011.

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