La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias puso a disposición pública la información referida a la aprobación provisional del Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Nacional del Teide. Las personas y entidades interesadas podrán consultar el documento , así como realizar observaciones y sugerencias.
El consejero responsable del Área, José Antonio Valbuena, ha destacado que el Plan contribuirá a la conservación de la biodiversidad y del paisaje natural del Parque Nacional del Teide, además de impulsar la investigación y la cooperación entre las diferentes administraciones.
Las personas que lo deseen pueden acceder al documento en las instalaciones de la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica de Santa Cruz de Tenerife, en las Oficinas del Parque Nacional del Teide o a través del portal web de la Consejería. El plazo finaliza el próximo 5 de julio.
Por su parte, el viceconsejero de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático, Miguel Ángel Pérez, señaló que se podrán realizar observaciones y sugerencias de forma presencial en las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, en los registros regulados por el artículo 16.4 de la LPACAP o en la sede electrónica.
Durante el plazo previsto se otorgará un trámite de audiencia a asociaciones de carácter medioambiental, entidades de carácter científico, asociaciones relacionadas con usos y aprovechamientos y aquellas relacionadas con el uso público. Asimismo, se formulará una consulta a las administraciones públicas afectadas. El horario de consulta presencial será de 9:00 a 13:00 horas.
Visitas
El artículo 5.3.1 del borrador del PRUG establece que “se llevará a cabo la ordenación del acceso y de la movilidad en el parque nacional, lo que tendrá como resultado un nuevo sistema de movilidad sostenible que condicionará la forma de realizar la visita”.
En este sentido, el director del Parque Nacional del Teide, Manuel Durbán, ha indicado en Cope que “lo que se pretende es impulsar la visita en transporte colectivo con guaguas discrecionales o lanzaderas que saldrían desde las áreas de servicio con aparcamiento subterráneo que se situarán en Chío, Vilaflor y el Portillo. De esta forma, el estacionamiento estaría muy restringido entre las 9.00 y las 17.00 horas. Con esta medida, que es inevitable, garantizaríamos que no se superara la capacidad de carga y conseguiríamos que no hubiera daños a los recursos naturales”.
El borrador también establece que “la circulación por carretera será libre para cualquier vehículo en el parque nacional, por lo que se garantizará el derecho de tránsito de quienes deseen utilizar cualquiera de las carreteras TF-21, TF-24 o TF-38 para acceder de un lugar a otro de la Isla”.
Asimismo, “la circulación de cualquier tipo de vehículo por las carreteras del parque nacional estará sujeta a las determinaciones del Cabildo Insular en materia de carreteras y la normativa específica de tráfico y seguridad vial”, mientras que “el acceso de vehículos por las pistas está prohibido, con excepción del que responda a razones de emergencia, para labores de vigilancia y de gestión, así como para realizar rutas guiadas promovidas por la administración gestora”.
Otro de los puntos más destacados de la nueva normativa es el relativo al ciclismo, pues “solo podrá realizarse por vías asfaltadas, siendo incompatible en las pistas y en la red de senderos del parque nacional”. Por otro lado, “está prohibido el tránsito en todo el parque nacional con patinetes, monopatines y otros medios similares”.
En cuanto al estacionamiento, “se realizará e lugares habilitados a tal efecto. La administración gestora podrá adoptar todas aquellas medidas restrictivas en los estacionamientos que redunden en hacer más eficaz la protección de los valores del parque nacional”.
No obstante, “durante el horario de funcionamiento del sistema de movilidad sostenible, estará prohibido el aparcamiento de cualquier vehículo que no sea de transporte colectivo (guaguas), con las excepciones de los trabajadores del parque nacional, las empresas contratadas y las administraciones públicas, aquellos que realicen actividades autorizadas, personal del teleférico y del parador.