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Absueltos dos acusados de violar a una menor a la que no intimidaron y sí consintió

“In dubio pro reo”, esgrime la Audiencia Provincial de Tenerife para absolver por falta de pruebas a dos jóvenes que fueron acusados por la violación consumada de una chica de 14 años
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha absuelto a dos jóvenes de 19 años acusados de haber agredido sexualmente con penetración “a una adolescente de 14 años durante los carnavales de 2020 en la isla de La Palma”, en concreto en la localidad de San Andrés y Sauces.

Consentimiento libre

La sentencia explica a lo largo de sus 12 páginas que, si bien es cierto que la supuesta víctima denunció los hechos e identificó a los agresores y les acusó de “intimidación grupal”, no se puede condenar a los investigados ya que “al menos dos testigos presenciales inconexos y veraces, explicaron que presenciaron el contacto sexual y que no hubo el mínimo atisbo de intimidación. Todo lo contrario. El Tribunal señala que existen indicios probatorios suficientes para señalar que la menor consistió libremente.

La fiscalía y la acusación particular pedían para los dos acusados penas que sumaban 45 años de cárcel por “agresiones sexuales a una menor de 16 años”. Consideraban que la sola presencia de los dos detenidos junto a otro joven, este menor de edad, amedrentó a la muchacha y posibilitó la violación.

El debate sobre la edad de la víctima

Sin embargo, el Tribunal afirma que, para empezar, “de la prueba practicada no puede afirmarse que los acusados tuvieran un conocimiento exacto de la edad de la menor. Cuando los investigados fueron preguntados por ello -añade la sentencia- ambos aluden a la actitud de la menor, también a su conversación y expresiones para afirmar que a su entender la víctima aparentaba más edad”.

Así, el Tribunal invoca el precepto jurídico de “in dubio pro reo”, y por lo

tanto no se puede condenar a los dos investigados ante la solvencia de la declaración testifical de los testigos.

La Sala se muestra sorprendida por el hecho de que las acusaciones no hayan dirigido su imputación, de forma alternativa, sobre el delito de abuso sexual a menores, cuestión que solo se justifica por el hecho de que “sabían o intuían que iba a resultar complicado sostener que la víctima era menor de edad”.

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