Ahora Plus / EFE. | El Comisionado de Transparencia de Canarias ha estimado parcialmente las reclamaciones presentadas sobre el acceso a las deliberaciones del comité científico y del comité director del Pevolca y a los informes emitidos sobre la erupción volcánica en La Palma, que habían sido presentadas por los afectados y otras entidades.
La resolución del Comisionado estima que les deben ser entregadas las actas de los órganos colegiados y aquellos informes que no hayan sido facilitados y no estén afectados por causa de inadmisión o límite de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, excluyendo la transcripción de las opiniones individuales emitidas por sus miembros durante la discusión y deliberación en los órganos colegiados o comités.
Habían sido solicitadas las actas correspondientes a los informes científicos sobre las discusiones llevadas a cabo desde el 13 de septiembre hasta el 20 de septiembre de 2021 en el seno del comité científico del Pevolca, con los informes, discusiones, actas de las reuniones y documentos “en los que se refleje con el mayor nivel de detalle posible el contenido de ese debate científico” incluyendo la opinión de todos los componentes del comité científico (entre ellos el Instituto Volcanológico de Canarias).
La Plataforma de Afectados por la Erupción Volcán de Cumbre Vieja 2021 había solicitado las actas del Pevolca de octubre de 2017 y las emitidas entre el 17 de septiembre hasta el domingo 19 de septiembre, así como los informes del Instituto Geográfico Nacional y el Instituto Vulcanológico de Canarias desde el 1 de enero de 2020 hasta el 16 de septiembre del año 21. Canarias Ahora también solicitó vía Transparencia las actas mencionadas, pero el requerimiento fue denegado este mismo verano por el Gobierno autonómico.
Los afectados están explorando esta vía para dilucidar si se pudo haber previsto mejor el desalojo de los vecinos antes de que se produjera la erupción. La directora del IGN en Canarias, María José Blanco, reconoció tras la catástrofe que sabían que el estallido iba a ser “inminente”, pero desconocían si la explosión llegaría en horas o días.
En la resolución del Comisionado se repasa en detalle la jurisprudencia del Tribunal Supremo relacionada con la transparencia de las deliberaciones de órganos colegiados, así como los criterios mantenidos sobre lo que es información oficial y lo que es un borrador o información complementaria.