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¿Puedo evitar la mesa electoral el 23J si ya me tocó en las elecciones del 28 de mayo o si tengo un viaje?

Algunas de las dudas que más se repiten entre los electores están relacionadas con la mesa electoral o con la opción del voto por correo
Alerta en España por estafas al comunicar que te ha tocado estar una mesa electoral
Elecciones generales del 23 de julio de 2023

Ante el adelanto de las elecciones generales surgen diversas dudas. ¿Cuándo avisan si me ha tocado mesa electoral?, ¿puedo negarme a estar en la mesa electoral?, ¿qué ocurre si tenía previsto un viaje? o ¿puedo evitar la mesa electoral si ya me tocó el 28 de mayo?

Los miembros de las mesas electorales se eligen por sorteo en todas las elecciones y suele realizarse en torno a un mes antes de las mismas. En el caso de las elecciones generales del 23 de julio de 2023, la Junta Electoral Central (JEC) fijó que dicho sorteo se realizara entre el 22 y el 28 de junio.

¿Cuándo notifican la designación de miembros de la mesa electoral?

Las personas designadas recibirán una comunicación en los tres días siguientes al sorteo, junto a un manual de instrucciones sobre el trabajo que tendrán que desempeñar, aunque si se produce más tarde, el retraso no será causa invalidante de la designación.

El presidente y los vocales, cargos obligatorios, son designados entre la totalidad de las personas incluidas en la lista de electores de la mesa correspondiente, que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años, si bien a partir de los 65 años podrán manifestar su renuncia en el plazo de siete días. Con el mismo procedimiento se nombran dos suplentes por cada uno de los miembros de mesa, según indica la JEC.

¿Puedo evitar la mesa electoral si ya me tocó el 28M?

Dado que, la designación de las personas que conforman las mesas se hace por medio de un sorteo, es decir, de forma aleatoria, es posible que a alguien le pueda tocar más de una vez. Por lo tanto, si formaste parte de una mesa electoral en las elecciones del 28 de mayo, no te exime de evitar la del 23 de julio.

No obstante, el proceso está limitado. Esto quiere decir que si una persona ha formado parte de la mesa electoral al menos en tres ocasiones en los últimos diez años, puede pedir que se le exima de esta obligación.

La JEC explica que “los designados presidente y vocal de mesa disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo”.

¿Puedo evitar la mesa electoral si tengo un viaje de vacaciones?

El adelanto electoral a julio sorprendió a muchos españoles con las vacaciones ya organizadas.

La JEC emitió un acuerdo en el que determinan que como “la celebración de elecciones generales el domingo 23 de julio de 2023 presenta el inconveniente de coincidir con el periodo de vacaciones estivales”, los ciudadanos pueden evitar formar parte de una mesa electoral si esto obliga a cancelar un viaje o una estancia vacacional, “exclusivamente en el presente proceso electoral” y si se cumplen una serie de condiciones.

  • La cancelación -para regresar a la localidad de empadronamiento, con motivo de la designación como presidente o vocal de una mesa electoral- ocasiona perjuicios económicos o trastornos graves.
  • El viaje se contrató con anterioridad a la fecha de convocatoria de las elecciones.
  • El interesado deberá acreditar documentalmente la debida antelación del contrato, así como el perjuicio económico o trastorno grave alegados.

PLAZO PARA DEPOSITAR EL VOTO POR CORREO

El voto por correo se puede solicitar en las oficinas de Correos o de forma telemática hasta el 13 de julio.

Posteriormente, la Oficina del Censo Electoral envía la documentación, que Correos dará al elector antes de que finalice el plazo para depositar el voto, fijando el periodo de entrega entre el 3 y el 16 de julio.

El depósito del voto podrá realizarse hasta el jueves 20 de julio en las oficinas de Correos, en sus horarios habituales de apertura.

PLAZO PARA VOTAR POR CORREO SI ERES RESIDENTE TEMPORALMENTE EN EL EXTRANJERO

La solicitud del voto debe realizarse como fecha tope el 29 de junio y, una vez hecha, la Oficina de Censo Electoral envía al elector la documentación necesaria. Por último, los electores deben enviar su voto a la mesa electoral, por correo certificado y urgente, del 27 de junio al 19 de julio.

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