El Tribunal Supremo ha respaldado una sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que condenó a dos hombres a cuatro años de prisión y a reembolsar 141.000 euros a un médico que fue estafado por ambos, uno de los cuales era su amigo cercano y paciente de confianza durante muchos años. El amigo aconsejó al médico que invirtiera 135.000 euros de una herencia en la compra del 50% de las acciones de un pozo en Tenerife, concretamente en Arafo.
Tanto en el juicio inicial como ahora se ha confirmado que el amigo, junto con el otro acusado y vendedor de las acciones, engañaron al médico, representado por la abogada Beatriz Fariña, asegurándole que la explotación generaba beneficios de aproximadamente un millón de euros al año.
Debido a la plena confianza que el estafado tenía en su amigo, no dudó en realizar la inversión sin sospechar que ambos se habían confabulado para engañarlo.
El dinero se depositó en manos del propietario de las acciones, mientras que el supuesto amigo y paciente del estafado firmó un contrato en Sevilla en nombre del médico, un documento que este último nunca llegó a ver.
Poco después, empezaron a exigirle al médico que pagara 2.500 euros mensuales de los que no tenía conocimiento, además de darse cuenta de que se requerían cuatro millones de euros para realizar obras y pagar deudas, mientras que las subvenciones prometidas nunca llegaron.
El comprador se acogió a una cláusula de rescisión del contrato y el vendedor firmó un pagaré por 135.000 euros que nunca pudo cobrar, lo que generó gastos adicionales de 6.500 euros.
Durante el juicio celebrado en mayo de 2021 en la Audiencia de Tenerife, el médico afirmó que se sentía estafado y que lo habían convencido con informes y documentos que respaldaban de manera contundente una rentabilidad significativa.
Sin embargo, cuando surgieron las primeras sospechas, el médico habló con la persona que poseía el otro 50% de las acciones, quien se mostró sorprendido por la inversión, ya que nunca había obtenido ganancias.
El Tribunal Supremo considera probado que el denunciante fue víctima de una “maquinación fraudulenta” y que ambos condenados se aprovecharon de que el médico no tenía conocimientos sobre pozos para convencerlo de que invirtiera el dinero.
El amigo declaró en ese momento que no actuó como intermediario, sino que simplemente puso en contacto al estafado con el otro condenado, quien ya se encontraba en prisión en ese momento por un delito similar. Este argumento ya fue rechazado por la Audiencia y ahora también por el Tribunal Supremo.
La realidad es que ambos estafadores tienen otras seis condenas por estafas, apropiación indebida, delitos de tráfico y falsificación de documentos.
El vendedor afirmó que no pudo hacer frente al pagaré debido a problemas económicos y que vendió las acciones porque se dedicaba al sector de las gasolineras y no podía ocuparse del pozo. Aseguró que los documentos presentados al comprador para convencerlo de invertir el dinero eran auténticos y que la rentabilidad de la explotación era la prometida.
En aquel momento, la Fiscalía los acusaba de estafa y pedía cinco años de prisión, además de la devolución de los 135.000 euros más los 6.500 euros correspondientes a los gastos generados por la devolución del pagaré.
Durante la vista, el denunciante afirmó que era amigo del condenado desde 2005, conocía a su esposa, visitaba su oficina y cenaban juntos, por lo que tenían una gran amistad que no se limitaba a la típica relación médico-paciente.
Cuando recibió la herencia, al principio pensó en montar un negocio de carreras de coches y le propuso a su amigo ser socios, pero este último le dijo que la inversión en el pozo era más segura.