La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha impuesto al dueño de una ferretería y a su jefe de administración un año de prisión y a una cajera seis meses de cárcel por ser autores de un delito de falsificación de documento privado después de que un empleado denunciara que les hacían firmar papeles en blanco de forma habitual.
Durante el procedimiento penal salió a la luz que en el momento de la contratación, los empleados tenían que suscribir varios documentos sin ningún tipo de texto que dejaban a disposición de la empresa que luego repartía las vacaciones de forma unilateral y que raramente superaban los quince días.
En concreto, se trataban de formularios para autorizar los días de descanso en blanco sin que figurara el nombre, ni fechas, práctica, según detalla el fallo judicial, que precisa que se ejecutaba valiéndose del jefe de Administración que era quien ordenaba directamente que pusieran su rúbrica.
En 2017 el denunciante dirigió una notificación a la empresa pidiendo las vacaciones que le correspondían ese año, sin obtener respuesta por lo que acudió a los juzgados, de manera que el día antes de que se celebrara el juicio la cajera rellenó “en concierto” con el resto de procesados de su puño y letra los documentos.
En estos se reflejaba que el denunciante había disfrutado ya de sus vacaciones correspondientes a ese año para lo que el 10 de julio había firmado un documento en el que supuestamente las solicitaba, lo que la Sala cree que se hizo con la finalidad de conseguir que no prosperara la demanda.
El escrito fue presentado por la abogada de la empresa en la visita celebrada en el ámbito social aunque finalmente la sentencia concluyó que era falso por lo que el conflicto se desplazó al ámbito de lo penal donde se emitió la condena firme que ahora ha sido ratificada en la Audiencia.
La única variación es que a la mujer se le redujo la condena en seis meses pero en todos los casos se acordó suspender la entrada en prisión de cada uno de ellos, condicionado a que no cometieran un delito durante los próximos dos años.
La Audiencia responde a los procesados que la prueba practicada confirma “sin espacio a duda que era práctica habitual que los empleados firmaran hojas en blanco que eran conservadas por el jefe de administración y que a gran parte del personal solamente se le permitía disfrutar de una quincena de vacaciones”, señala la sentencia.
También quedó probado que en el ámbito social la abogada de la sociedad presentó un documento falsificado que “había sido confeccionado abusando de la firma en blanco del trabajador demandante. Este hecho confirmó, cómo habían señalado los testigos, que la empresa guardaba los documentos firmados en blanco y no respetaba el derecho a vacaciones de los empleados hasta el punto de llegar a falsificarlos para engañar a los tribunales”.
En segunda instancia también se da por cierta la intervención de los tres procesados, especialmente del jefe de administración, en cuanto que fue identificado como la persona que recogía de los empleados estos documentos.
El dueño, por su parte, defendió que todo ocurría a sus espaldas y que no tuvo conocimiento de estas prácticas en las que también se vio envuelta la cajera.
Un argumento que es rechazado en base a las declaraciones de más empleados quienes apuntaron a que era conocedor de esta manera de actuar y que “nada se hacía en la empresa sin su conocimiento hasta el punto de que cuando no estaba lo llamaban para consultarle”.