La Audiencia de Valencia ha condenado a prisión permanente revisable al hombre que confesó haber matado a puñaladas a su hijo de 11 años el 3 de abril de 2022 en su vivienda de la localidad valenciana de Sueca, en aplicación del veredicto de culpabilidad que acordó el jurado popular a mediados del pasado enero.
El tribunal popular le halló responsable de haberle clavado “brutal y repetidamente” un cuchillo de forma inesperada al niño, que carecía de toda posibilidad de defensa, en una acción con la que buscó no solo la muerte del hijo común con su exmujer, sino además causar con ello “el mayor dolor psíquico posible” a la madre, a la que causó graves lesiones psíquicas que, a día de hoy, siguen pendientes de curación.
Para la magistrada, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, la prueba practicada en el juicio se estima válida para ser tomada en consideración por el tribunal del jurado en sustento de su veredicto. Así, señala que la resolución condenatoria “se sustenta en una detallada y completa valoración de la prueba”, ponderada “de forma conjunta y entrelazada entre sí, de forma razonada y razonable, lógica y no arbitraria ni errónea”.
EL MAYOR DOLOR IMAGINABLE
En este sentido, el jurado constató la voluntad de matar del padre de matar al niño al que asestó 68 cuchilladas, 27 de ellas penetrantes (no cortantes), en su mayoría en la zona del cuello del menor, que se encontraba “con absoluta indefensión” y que fue una muerte “innecesariamente dolorosa”, con la finalidad de causar a su exesposa “el mayor dolor de todos los imaginables, convirtiendo la muerte de su hijo en un paradigmático acto de violencia machista vicaria”.
Esto es algo que el propio acusado reconoció al declarar que “si no se hubieran separado no hubiera ocurrido el delito”; porque cuando ella en marzo de 2021 le reiteró su intención de separarse, él advirtió a su cuñado: “que se prepare tu hermana. Ahora voy a ser malo, voy a ser mala persona” y por la “perversidad” de haber propiciado que la madre oyese morir a su hijo, al dejarle que la llamara en el momento del crimen.
ASESINATO HIPERAGRAVADO
La magistrada presidenta del tribunal del jurado le impone la condena como autor de un delito de asesinato hiperagravado, cualificado por la alevosía y el ensañamiento, y con las agravantes de parentesco y de discriminación por razón de género, en concurso ideal con un delito de lesiones psíquicas.
Además, le impone la prohibición de acercarse a un radio no inferior a dos kilómetros a la madre del menor a cualquier lugar donde se encuentre; a su domicilio; lugar de trabajo o cualquier sitio por ella frecuentado por un tiempo superior en 10 años al de la duración de la condena, la prohibición de residir o acudir a la localidad de Cullera por el mismo periodo y comunicarse con su exesposa de cualquier forma.
De igual modo, le condena a la medida libertad vigilada por tiempo superior en 10 años al de la duración de la pena de prisión; a dos años y cuatro meses por el maltrato psíquico y físico habitual a la exmujer cometido en la vivienda común; a diez meses de cárcel por maltrato físico con lesión menos grave y a otros dos años más de cárcel –y cinco de prohibición de acercarse a su exmujer– por amenazas no condicionales, con las circunstancias agravantes de haberlas cometido por motivo de discriminación de género y de parentesco; y diez meses más de cárcel por delito continuado de quebrantamiento de condena.
Por vía de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la madre del niño con 500.000 euros por los daños morales causados y en otros 450 euros más por los daños morales causados por el maltrato físico y las amenazas causadas el día 13 de marzo de 2021, cuando ella le reiteró su voluntad de divorciarse.
RECONOCIMIENTO
Durante la vista, el hombre reconoció haber matado al menor tras agarrarle del cuello: “Le clavé el cuchillo varias veces”, dijo, al tiempo que aseguró que el asesinato no se habría producido si su expareja hubiera frenado los trámites de divorcio. También llegó a confesar que permitió al niño coger el teléfono móvil a su madre mientras le acuchillaba y alegó que ese día iba ebrio, un argumento excluido por el jurado.
El suceso tuvo lugar el 3 de abril de 2022 en la vivienda familiar ubicada en Sueca, meses después de que el acusado, de 47 años, se hubiera divorciado de su mujer y se hubiera acordado la custodia compartida del menor –niño muy deseado tras tres inseminaciones artificiales y que cumplió los once dos días antes del crimen– tras 17 años de matrimonio en los que la madre sufrió malos tratos físicos y psicológicos, según afirmaban la Fiscalía y la acusación particular y ha considerado probado el jurado.
Ese día, domingo, el acusado mató a su hijo, de 11 años recién cumplidos, acuchillándole repetida y profundamente con dos cuchillos de cocina en el cuello, cara, torso y cabeza. El asesinato se produjo tras una discusión. En un momento dado, el acusado le dijo a su hijo ‘ Vaig a per tú!’ –Voy a por ti–, con lo que el menor mandó un mensaje de WhatsApp a su madre diciéndole que si podía ir a por él.
La madre intentó ponerse en contacto telefónico con él sin obtener respuesta hasta que el acusado permitió que su hijo cogiese el móvil. Su madre solo pudo oír cómo su hijo la llamaba con un grito desgarrador: ‘mamááááááá’ y se cortó la comunicación.
Según indicaron los peritos forenses durante el juicio, María Dolores, la madre del menor, tenía todos los indicadores de haber sufrido maltrato habitual: “Había aprendido a vivir con los insultos y las agresiones sexuales. Lo hacía porque pensaba que, de lo contrario, acabarían todos mal”, afirmaron. Los expertos desgranaron que la mujer había sufrido por parte de su expareja agresiones físicas, psicológicas y sexuales.