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Denuncian interés directo de jurados en un reparto de subvenciones culturales

Dos de tres expertos para dar 715.000 euros se abstuvieron sobre proyectos relacionados con ellos, pero sí puntuaron al resto; el Instituto de Cultura aduce que no fueron decisivos
Imagen parcial de la sede del Instituto Canario de Desarrollo Cultural. / Gobcan

Será en los juzgados donde se decida finalmente sobre el futuro de las subvenciones para proyectos culturales de gran formato otorgadas en 2022 por el Instituto Canario de Desarrollo Cultural (ICDC) por un montante cercano a los 715.000 euros después de que aspirantes a las mismas demandasen la nulidad de cómo se repartieron debido a que dos de los tres expertos designados para elegir a los beneficiados han reconocido su interés directo en otros candidatos que finalmente resultaron agraciados.

La clave radica en que estas dos personas, Laura Vega y Alejandro Aguilar, si bien desvelaron su interés directo con esos proyectos y se abstuvieron de puntuar sobre los mismos, sí que decidieron sobre sus competidores, con lo cual su capacidad de influencia sobre el resultado final se mantuvo intacto, como considera evidente el demandante. Por el contrario, desde el ICDC se aduce que la legislación permite esa abstención parcial y que, en todo caso, no influyeron en el resultado final.

Ahora la pelota está en el alero del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santa Cruz de Tenerife, a quien corresponde conocer de la demanda presentada por el bufete tinerfeño Medina & González Abogados en representación de una empresa a cuya propuesta finalmente no se le adjudicaron fondos, y en la que se solicita la nulidad de pleno derecho para dicho reparto de subvenciones. Sobre el mismo cabe detallar que se destinaron en su totalidad poco más de 719.000 euros y que, precisamente, un exceso de lo solicitado por los aspirantes motivó la designación de un comité de expertos, decisión que ahora centra la polémica.

Parte de este dinero finalmente recayó en los proyectos sobre los que dos de los tres expertos designados tenían interés directo. Según reconocen ellos mismos y así lo confirma el propio ICDC (una empresa pública dependendiente del Área de Cultura del Gobierno de Canarias), Vega tenía interés directo en uno de las propuestas porque en su programación se encuentra una obra suya, mientras que Aguilar era parte integrante del cartel del festival a subvencionar en otro caso y había dado una aportación económica a otro más de los que se presentaron.

Todo ello se supo cuando el demandante pidió explicaciones, dado que en la documentación en un principio solo constaba la abstención de ambos expertos (designados a dedo por el ICDC) sin más aclaraciones.

Para la demandante, la nulidad de actuaciones es palmaria, y se puede resumir básicamente con el artículo 64 de la Ley de Contratos del Sector Público, donde se dispone que “los órganos de contratación deberán tomar las medidas adecuadas para luchar contra el fraude (…) y prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir en los procedimientos de licitación con el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y garantizar la transparencia (…)”, para a continuación aludir que “a estos efectos, el concepto de conflicto de intereses abarcará, al menos, cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad (…)”. Otro dato nada baladí radica en que, siempre según la demanda, en el expediente no se justifica cómo se eligió al referido comité de expertos, lo que de por sí también puede ser una causa de nulidad.

El ICDC aduce que la normativa permite esa abstención parcial y que, según sus datos, las puntuaciones de los expertos con interés directo en los beneficiados por las subvenciones no fueron decisivas en el reparto de las subvenciones.

Resta aclarar que el tema que nos ocupa tuvo lugar cuando el consejero delegado del ICDC era Rubén Pérez, cargo que ocupa desde el pasado mes de febrero Guillermo Martínez.

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