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Con número oculto y distorsionador de voz: identifican al alertante de una falsa amenaza de bomba en un instituto de Tenerife

El responsable podía no pagar por el delito
Falso aviso de bomba en el IES Tomás Iriarte
Iman de archivo de falso aviso de bomba en el IES Tomás Iriarte. DA

El pasado mes de diciembre, varias unidades de la Policía Nacional acudieron de urgencia al IES Tomás Iriarte tras recibir un aviso de bomba en el centro educativo, situado en la calle Diego de Almagro, en Ofra, Santa Cruz de Tenerife.

Una llamada telefónica amenazó con la colocación de un artefacto explosivo en el interior del instituto, lo que conllevó la movilización de patrullas, asignadas a otros servicios, para desalojar el instituto y delimitar un perímetro de seguridad.

Tras asegurar el lugar, los TEDAX realizaron las inspecciones y comprobaciones oportunas en las instalaciones y, al no encontrar nada sospechoso, determinaron que se trataba de una falta amenaza.

Dado el carácter delictivo de los hechos, la policía abrió una investigación para identificar al presunto autor de la llamada y de su consiguiente alteración del orden público.

No pagará por los hechos

Pese a que la amenaza se había realizado con número oculto y distorsionador de voz, se logró identificar al titular de la línea desde la que se había alertado del aviso de bomba: se trataba de un menor de 12 años, hijo del titular del teléfono, quien actuó sin conocimiento de sus padres.

El menor está exento de responsabilidad penal por su edad, pero los hechos han sido puestos en conocimiento de la autoridad correspondiente y podrían ser sancionados económicamente. De ser así, serían sus padres quienes tendrían que pagar la multa impuesta.

La Policía Nacional recuerda que afirmar falsamente o simular una situación de peligro para la comunidad, como una amenaza de bomba, que requiera la movilización de servicios públicos de seguridad, asistencia o salvamento puede ser constitutivo de un delito de desórdenes públicos que lleva aparejada penas de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 3 a 18 meses.

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