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La Laguna ya cuenta con un nuevo interés público de Canarias

Como en otras declaraciones de interés público de Canarias, se ha constatado que su actividad no está restringida a sus asociados exclusivamente

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se declara de interés público de Canarias a la Asociación Ateneo de La Laguna, a propuesta de la consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Nieves Lady Barreto, por entender que sus fines estatutarios tienden a promover el interés general de la comunidad autónoma y por el beneficio que para la sociedad canaria reporta la actividad de la Asociación.

El Ateneo de La Laguna recoge entre sus fines sociales promover y fomentar la cultura en todas sus formas y expresiones, de modo que pueda desarrollar y defender las iniciativas públicas y privadas, además de propiciar el estado de opinión, el debate permanente en cuestiones referidas al campo científico, en el artístico, y en el humanístico, así como en cualquier otra actividad humana que, directa o indirectamente, se relaciones con sus objetivos. La asociación defiende una dedicación constante, desinteresada, sin adscripciones a ideologías, y puesta al servicio del Archipiélago Canario con una postura de respeto, independencia y tolerancia.

En las memorias presentadas consta que en el año 2022 realizó 48 actividades culturales y en el año 2023 un total de 80, entre las que destacan exposiciones de arte, convocatorias de música y artes escénica, presentaciones de literatura y teatro, proyecciones audiovisuales, actividades de humanidades y ciencias y la fiesta de arte.

La Asociación Ateneo de La Laguna figura inscrita desde el año 1966 en el Registro de Asociaciones de Canarias con el nº G1/S1/11483-66/TF, teniendo como ámbito territorial de actuación el de la Comunidad Autónoma de Canarias. Presentó su solicitud de declaración de interés público el 7 de marzo de 2024.

Como en otras declaraciones de interés público de Canarias, se ha constatado que su actividad no está restringida a sus asociados exclusivamente; que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hacen con cargo a fondos subvenciones públicas, y que disponen de medios materiales y personales adecuadas para garantizar el cumplimiento de los fines establecidos en sus estatutos. Además, la asociación ha demostrado que está en funcionamiento efectivo y realizando actividades de forma ininterrumpidas al menos durante los dos años precedentes a la presentación de la solicitud.

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