Con la llegada del verano, España enfrenta su primer gran episodio de temperaturas extremas. Desde el lunes 30 de junio, los termómetros no han dado tregua: los registros medios rozan los 36 grados durante el día y no bajan de los 25ºC por la noche, marcando el inicio de un periodo sofocante que, según la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), podría extenderse al menos hasta el jueves 3 de julio.
Ante esta situación, la AEMET ha activado avisos de nivel amarillo y naranja en la mayor parte del país, e incluso alertas rojas en zonas especialmente afectadas. Estas condiciones, denominadas “cúpulas de calor”, representan un riesgo real para la salud, en especial para quienes desempeñan trabajos al aire libre o expuestos al sol.
El caso reciente de una trabajadora de limpieza en Barcelona, fallecida tras terminar su jornada durante uno de los días más calurosos del fin de semana, ha puesto el foco en la urgencia de actuar.
Nuevas obligaciones para las empresas en caso de alerta por calor
Frente al aumento de casos relacionados con el estrés térmico, el Ministerio de Trabajo, en coordinación con los sindicatos, ha confirmado la aplicación de nuevas medidas laborales obligatorias durante episodios de alerta naranja o roja por calor extremo, con el objetivo de salvaguardar la salud de los empleados.
Estas son las principales directrices:
- Prohibición de tareas al aire libre durante las horas de mayor insolación, si no se puede garantizar una protección efectiva contra el calor.
- Modificación de horarios laborales, con posibilidad de adelantar o retrasar turnos, así como la redistribución o reducción de jornada de forma temporal.
- Fomento del teletrabajo y la flexibilidad, especialmente en puestos no esenciales de carácter presencial.
- Paralización inmediata de la actividad si no se cumplen las condiciones mínimas de seguridad: acceso a agua, zonas de sombra, pausas frecuentes o sistemas de refrigeración adecuados.
- Permiso retribuido de hasta 4 días en situaciones extremas o cuando sea inviable el desplazamiento al lugar de trabajo.
Además, las empresas que incumplan estas normas podrán enfrentarse a sanciones económicas que pueden alcanzar hasta los 983.000 euros, en función de la gravedad.





