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La DGT cambia las normas: prohibido adelantar y multa si no frenas en estos casos

La Dirección General de Tráfico (DGT) prepara una ofensiva normativa que transformará la forma en la que circulamos por las carreteras españolas
Conduce de madrugada sin carné, con las luces apagadas, hablando por teléfono y triplica la tasa de alcohol

La Dirección General de Tráfico (DGT) prepara una ofensiva normativa que transformará la forma en la que circulamos por las carreteras españolas. Tras la polémica eliminación del margen de 20 km/h para adelantar y la obligatoriedad de las balizas V16, el organismo confirma ahora la implementación de nuevas restricciones en los adelantamientos, diseñadas para maximizar la seguridad en situaciones críticas y proteger a los usuarios más vulnerables.

Prohibido adelantar con mal tiempo

Una de las medidas más relevantes es la prohibición de adelantar en autopistas y autovías cuando las condiciones meteorológicas sean adversas. Según consta en la revista oficial de ‘Tráfico y Seguridad Vial’, el objetivo es introducir un nuevo punto en el artículo 31 del Reglamento General de Circulación.

Esta normativa se aplicará específicamente cuando el hielo o la nieve compliquen la fluidez del tráfico. La intención de la DGT es evitar el bloqueo total de la calzada. Al obligar a los conductores a mantenerse exclusivamente en el carril derecho, se garantiza que el carril izquierdo permanezca despejado para el paso de máquinas quitanieves y servicios de emergencia.

Ana Blanco, subdirectora adjunta de Circulación, ha defendido la medida señalando que, en episodios de grandes nevadas, el bloqueo de todos los carriles impide las labores de mantenimiento, agravando el colapso de las vías. Con este cambio, se busca que las condiciones para transitar vuelvan a ser óptimas en el menor tiempo posible.

Limitación de velocidad ante vehículos detenidos

El paquete de reformas, que se tramitará mediante un Real Decreto, incluye también una modificación sustancial sobre cómo debemos actuar al encontrar un coche averiado en el arcén o la calzada. Hasta el momento, la ley se limitaba a recomendar precaución y una separación lateral suficiente. Sin embargo, la nueva norma pasa de la recomendación a la obligación estricta.

A partir de la entrada en vigor del nuevo reglamento, será obligatorio reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía al rebasar a un vehículo detenido. Por ejemplo, en una carretera convencional limitada a 90 km/h, el conductor no podrá superar los 70 km/h mientras realiza la maniobra.

Protección a ciclistas y distancia lateral

Esta reducción de velocidad no solo afectará a los coches en situación de emergencia, sino que se equiparará con el protocolo de adelantamiento a ciclistas. En ambos casos, el conductor deberá mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros. La normativa permitirá invadir el carril contrario, total o parcialmente, siempre que existan condiciones de seguridad para realizar la maniobra sin poner en riesgo al resto de usuarios.

Con estas medidas, Tráfico busca reducir los atropellos en carretera, un factor de riesgo crítico tanto para conductores que bajan de sus vehículos por avería como para los usuarios de bicicletas, considerados colectivos vulnerables por la administración. La publicación de estos cambios en el BOE marcará el inicio de una nueva etapa en la seguridad vial de nuestras carreteras.

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