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El aviso de Metodorius, mando policial, sobre el robo de móviles: no depende de si es caro o barato

Un experto jurídico de la Policía Nacional alerta sobre la nueva agravante penal: el hurto de móviles pasa a ser delito grave por la protección de tus datos, independientemente de su valor económico
El aviso de un mando policial sobre el robo de móviles: no depende de si es caro o barato
El perfil jurídico Metodorius, seguido por más de 13,7K personas en TikTok

El perfil jurídico Metodorius, seguido por más de 13,7K personas en TikTok, ha alertado en un vídeo publicado el pasado jueves sobre una novedad penal que afecta directamente al robo de móviles y dispositivos electrónicos, tras la creación de una nueva agravante específica vinculada a la naturaleza tecnológica del objeto sustraído.

En el contenido, el divulgador —licenciado en Derecho e Inspector Jefe de la Policía Nacional— explica que esta modificación supone que el hurto pase a ser considerado agravado cuando lo sustraído sea un teléfono móvil, cualquier dispositivo de comunicación o dispositivos de almacenamiento masivo de información digital con datos personales, independientemente de su valor económico.

El hurto de móviles puede ser delito agravado

Tal y como detalla en el vídeo:

“El hurto pasa a ser agravado cuando lo sustraído sea teléfonos móviles, cualquier dispositivo móvil de comunicación o dispositivos de almacenamiento masivo de información digital con datos personales”.

La novedad, según expone, radica en que:

“Se introduce una agravación autónoma basada en la naturaleza tecnológica del objeto sustraído (protección de datos personales), independiente del valor económico del bien”.

Esto implica que no solo se tendrá en cuenta el precio del dispositivo robado, sino también la información personal que pueda contener.

Excepciones previstas en la norma

No obstante, el experto también señala que esta agravante no se aplicará en determinados supuestos, como cuando los dispositivos se encuentren:

  • A la venta
  • En almacén
  • O en exposición en un establecimiento comercial

En este sentido, concluye:

“No está pensando en proteger el patrimonio. Está pensada para proteger la información personal contenida en el dispositivo”.

La publicación ha generado interés en redes sociales al abordar cómo el Derecho Penal comienza a incorporar el valor de los datos personales en la tipificación de determinados delitos, más allá del perjuicio económico tradicional.

@metodorius

Se crea una nueva agravante específica de hurto: ➡️ El hurto pasa a ser agravado cuando lo sustraído sea:  teléfonos móviles.  cualquier dispositivo móvil de comunicación.  o dispositivos de almacenamiento masivo de información digital con datos personales. Y además se añade una exclusión: No se aplica si los dispositivos están:  a la venta.  en almacén.  o en exposición en un establecimiento comercial. Novedad exacta: Se introduce una agravación autónoma basada en la naturaleza tecnológica del objeto sustraído (protección de datos personales), independiente del valor económico del bien. ¿Qué protege realmente la norma? No está pensada para proteger el patrimonio. Está pensada para proteger la información personal contenida en el dispositivo.

♬ sonido original – metodorius
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