puetro de la cruz

Archivan la causa contra los dos ediles de la ACP por los vertidos de aguas fecales en Playa Jardín

La Fiscalía constata que David Hernández y Alberto Cabo carecían de competencias municipales en materia de saneamiento y ciclo del agua y por lo tanto, no constan delitos
Los concejales de la ACP Alberto Cabo y David Hernández fueron sobreseídos por la Fiscalía de la causa por los vertidos de playa Jardín. | Sergio Méndez

La Fiscalía de Santa Cruz de Tenerife ha sobreseído a los concejales de Asamblea Ciudadana Portuense (ACP) en el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, David Hernández y Alberto Cabo, de los presuntos delitos contra el medio ambiente relacionados con los vertidos de aguas fecales en Playa Jardín al concluir que ambos carecían de competencias municipales en materia de saneamiento y ciclo integral del agua y por lo tanto “no constan contra ellos indicios racionales de criminalidad”. Así se desprende del auto de diligencias preliminares al que tuvo acceso este periódico con fecha 12 de marzo de 2026.

La causa parte de una denuncia de la Fiscalía de Medio Ambiente de Santa Cruz de Tenerife, tras desaconsejarse el baño en dicha zona de costa durante casi un año a consecuencia de la contaminación por vertidos de agua residuales urbanas, producida en el periodo comprendido entre 2019 y julio de 2024. Este hecho conllevó a que el 3 de julio de 2024 el Ayuntamiento decretara el cierre de la playa y desaconsejara el baño por la presencia de bacterias fecales en el agua.

No obstante, el procedimiento continúa para el resto de investigados entre los que se encuentran el exalcalde portuense Marco González (PSOE); el gerente del Consejo Insular de Aguas de Tenerife (CIAT), Javier Davara, y la consejera insular de Medio Natural y vicepresidenta del CIAT, Blanca Pérez (CC).

Cabe establecer que de las diligencias de instrucción practicadas ha resultado que David Hernández y Alberto Cabo, ambos concejales durante el periodo investigado, “carecían de competencias municipales en materia de saneamiento y ciclo del agua, competencias que se enmarcaban dentro de la denominada Área 300. Así se aprobó en el Pleno de organización de la Corporación municipal celebrado el 20 de julio de 2023, y que anteriormente, desde el 19 de julio de 2019 hasta el 29 de agosto de 2022, se enmarcaba dentro del Área de Bienestar Comunitario, Acción Educativa y Prácticas Saludables y a partir del 29 de agosto de 2022 y hasta el 20 de julio de 2023, se encuadraba dentro de las competencias propias del Área de Bienestar Comunitario, Acción Educativa y Prácticas Saludables, tal y como resulta de los decretos correspondientes dictados por Marco González, quien fuera alcalde en el mandato 2019-2023 y desde mayo de 2023 hasta agosto de 2024, en ambos periodos en pacto con la ACP, no exentos de discrepancias.

De la documentación aportada, de las declaraciones de los citados concejales, de las del exalcalde, y de las testificales de quien fuera secretario del Ayuntamiento desde 2022 hasta el 4 de septiembre de 2024, la Fiscalía deja constancia que la persona que asumió el ejercicio de las competencias en materia de saneamiento de aguas residuales en el ámbito municipal fue Flora Perera, designada en junio de 2019 como concejala-delegada genérica del Área de Bienestar Comunitario, Acción Educativa y Prácticas Saludables. Así consta en el decreto de la Alcaldía-Presidencia, de fecha de 28 de junio de 2019, quien continuó siendo la responsable de dicha área tras las modificaciones efectuadas en el organigrama municipal por Decreto de 29 de agosto de 2022.

“La señora Flora Perera asumió igualmente a partir de julio de 2023 el Área 300, que se integró en el Área de Bienestar Comunitario, Gestión de Servicios Públicos y Actividad Industrial, en la condición de Concejala Delegada Genérica”, se expone en el documento.

Asimismo, constata que Alberto Cabo “fue en el periodo comprendido entre junio de 2019 y junio de 2023 concejal específico dependiente de la concejala general, Flora Perera, y que como tal, carecía de competencias y autoridad en materia de saneamiento y ciclo integral del agua y también de firma”.

Respecto a David Hernández, tras las diligencias practicadas se desprende “que ha venido asumiendo, en su condición de concejal genérico, el ejercicio de las competencias propias del área de Urbanismo (bajo los distintos nombres que se han dado a dicha área) del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz desde junio de 2019 hasta la actualidad.

Tampoco constan elementos indiciarios que indiquen que en su condición de concejal del Ayuntamiento, tuviera competencias en materia de saneamiento, ciclo integral del agua y vertidos”, competencias que, reitera la Fiscalía, se integran en el área asumida por Flora Perera, “de acuerdo con la organización que resulta de la documentación remitida por el Ayuntamiento”.

Tras conocer el auto y su archivo en la causa, los concejales David Hernández y Alberto Cabo declararon a este periódico que “se comprueba que en ningún momento tuvimos poder para tomar decisiones y evitar ningún tipo de vertidos y el cierre de la playa. Nuestras competencias quedaron muy claras y no teníamos ninguna en el ciclo integral del agua, en el saneamiento, en el alcantarillado y tampoco en la relación con la empresa pública Aqualia”.

Quitarse de encima responsabilidades

Por el contrario, añadieron, “se demuestra que las personas que quisieron mirar para otro lado, echar responsabilidades y quitarse de manera cobarde de las suyas, no pudieron hacerlo, al menos de momento”.

Los dos concejales de la ACP se mostraron de acuerdo en que se abra una investigación por parte de la Fiscalía en temas de vertidos “pese a que nos llevaron a declarar y a no tener competencias, que se investigue de verdad y en toda la Isla nos parece una buena noticia”, subrayaron.

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