Este miércoles, 8 de abril, arranca oficialmente uno de los momentos más críticos para el bolsillo de los ciudadanos: la presentación de las declaraciones por internet. Sin embargo, la Campaña de la Renta 2025 comienza con una noticia de impacto que ha supuesto un alivio inesperado para un gran sector de la población. Está confirmado: un cambio de última hora exime a miles de personas de declarar este año, simplificando los trámites y reduciendo la presión fiscal sobre los colectivos más vulnerables.
La Agencia Tributaria ya permite desde hoy el acceso al borrador y a los datos fiscales, pero antes de hacer clic en “presentar”, es fundamental comprobar si todavía formas parte del grupo de contribuyentes obligados o si te beneficias de la reciente modificación legal.
El cambio clave: Los beneficiarios de desempleo se libran de la Renta
La gran novedad de esta Campaña de la Renta 2025 reside en una decisión “in extremis” del Congreso de los Diputados. Tras la convalidación del real decreto-ley de revalorización de pensiones, se incluyó una medida de calado: los beneficiarios de prestaciones por desempleo finalmente no tendrán la obligación de presentar la declaración del IRPF.
Esta medida rectifica la intención inicial y supone que miles de personas que se encuentran en situación de paro no tendrán que rendir cuentas ante Hacienda por esta ayuda, siempre que no superen otros umbrales de renta establecidos. Es, sin duda, el cambio de última hora más comentado en los despachos de los asesores fiscales este 8 de abril.
¿Quiénes siguen obligados a declarar en 2025?
A pesar de la exención para los desempleados, la Campaña de la Renta 2025 mantiene unos límites estrictos para el resto de los trabajadores. Los umbrales que marcan la obligación de declarar son:
- Un solo pagador: Contribuyentes con rentas del trabajo superiores a 22.000 euros anuales.
- Varios pagadores: El límite se sitúa en los 15.876 euros si se han percibido rentas de dos o más pagadores (siempre que la suma del segundo y siguientes supere los 1.500 euros).
- Autónomos: Obligación total para cualquier persona que haya estado de alta en el RETA o el Régimen del Mar en cualquier momento del ejercicio 2025.
- Ingreso Mínimo Vital: Los titulares y beneficiarios de la unidad de convivencia del IMV deben presentarla obligatoriamente por ley.
Novedades digitales: El borrador y el pago por Bizum
Desde hoy mismo, el Servicio de tramitación del borrador (Renta WEB) está plenamente operativo. La Agencia Tributaria ha hecho un esfuerzo por digitalizar el proceso, permitiendo incluso el pago mediante Bizum para las declaraciones con resultado a ingresar.
Además, para facilitar la vida al contribuyente y evitar errores que deriven en sanciones, el sistema incorpora avisos inteligentes sobre ascendientes o descendientes con rentas bajas y calcula automáticamente el rendimiento mínimo de los alquileres a familiares. Estas mejoras buscan reducir las más de 47.000 declaraciones rectificativas que se registraron en la campaña anterior.
Calendario de la Renta 2025: Fechas que no debes olvidar
Si no te beneficias del cambio de última hora que exime de declarar, anota estos hitos en tu calendario:
- 8 de abril: Comienza el plazo para presentar la declaración por internet.
- 6 de mayo al 30 de junio: Periodo para confeccionar la Renta por teléfono (petición de cita desde el 29 de abril).
- 1 al 30 de junio: Confección presencial en oficinas de la Agencia Tributaria (petición de cita desde el 29 de mayo).
- 25 de junio: Último día para declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación.
- 30 de junio: Fin de la Campaña de la Renta 2025.
Deducciones para las rentas más bajas
Otra novedad relevante es la nueva deducción para compensar el efecto de la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 16.576 euros. El objetivo es que este incremento salarial no se vea absorbido por una mayor retención del IRPF, protegiendo así la renta disponible de los trabajadores con ingresos más ajustados.
En definitiva, la Campaña de la Renta 2025 arranca con un sistema más inteligente, más opciones de pago y, sobre todo, con ese respiro legal para miles de personas que, gracias al cambio de última hora, se ahorrarán el trámite de enfrentarse al borrador este año.






