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Ya está en vigor: los inquilinos pueden prorrogar su contrato de alquiler con una subida máxima del 2%

Esta medida de urgencia protege a los inquilinos del cuyos contratos finalicen en las próximas semanas
Ya está en vigor: los inquilinos pueden prorrogar su contrato de alquiler con una subida máxima del 2%
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. / Gustavo Valiente - Europa Press

Más de 40.000 familias en Canarias pueden acogerse ya a la prórroga del alquiler con un límite de subida del 2%. Esta medida de urgencia protege a los inquilinos del Archipiélago cuyos contratos finalicen en las próximas semanas, siempre que realicen la solicitud por escrito.

El Gobierno central impulsa este blindaje para frenar el encarecimiento de la vivienda en las islas, donde la presión del mercado inmobiliario y los salarios bajos dificultan el acceso al hogar a miles de personas.

La renovación extraordinaria del alquiler permite extender los contratos vigentes durante dos años adicionales. Esta protección legal nace del último Real Decreto-ley aprobado en el Consejo de Ministros para fortalecer el escudo social.

Sin embargo, el beneficio no es automático y requiere que el arrendatario envíe un burofax o carta certificada a su casero antes de que finalice abril. Este paso es vital para asegurar el derecho antes de que el Congreso de los Diputados vote la convalidación de la norma.

Plazos críticos para los inquilinos

El margen para aprovechar esta ayuda a la vivienda es muy ajustado. La normativa ampara principalmente a aquellos contratos que venzan entre el 22 de marzo y el 22 de abril de 2026.

Si el inquilino comunica su intención de prorrogar el contrato mientras el decreto esté vigente, el propietario tiene la obligación de aceptar el nuevo periodo con el incremento limitado al dos por ciento. En caso de que la comunicación llegue tarde o la norma sea rechazada en las Cortes, los inquilinos perderán esta protección jurídica.

Excepciones y requisitos legales para la prórroga de alquiler

Existen situaciones específicas donde el propietario puede denegar esta prórroga obligatoria. La ley permite rechazar la renovación si el arrendador necesita recuperar la vivienda para su uso personal o el de familiares en primer grado de consanguinidad. Asimismo, la medida queda sin efecto si ambas partes firman un nuevo contrato de mutuo acuerdo con condiciones diferentes. Para el resto de los casos, la solicitud formal por escrito constituye la única garantía para evitar subidas abusivas en la renta mensual.

Un impacto nacional de 160.000 personas

A nivel estatal, cerca de 160.000 personas se encuentran en una situación similar a las familias canarias. El Ejecutivo busca con esta prórroga paliar los efectos de la inflación en el mercado inmobiliario español.

Los expertos jurídicos recomiendan a los afectados no esperar al último día de abril para formalizar su petición. La incertidumbre sobre el apoyo parlamentario definitivo convierte el envío del burofax en una herramienta indispensable para blindar el precio del alquiler durante los próximos dos años.

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