
La modificación del Código Civil que entrará en vigor en junio del próximo año será más restrictiva para las personas con discapacidad que quieran casarse, como adelantó DIARIO DE AVISOS el pasado día 13. De hecho, en el nuevo texto se incluye a las personas con discapacidad sensorial, entre ellas ciegas y sordas, que según el texto deberán solicitar un informe médico para poner contraer matrimonio.
Pese al borrador del documento, ya se está trabajando desde los colectivos afectados con el Estado para subsanar esta situación, según la Fundación Canaria para el Sordo (Funcasor). Explicaron que teniendo en cuenta lo ajustado que están los plazos para aprobar una Ley de modificación, el Comité de Entidades de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y la Dirección General de los Registros y el Notariado del Ministerio del Interior están trabajando, mientras tanto, en una solución transitoria. Se trata de la aprobación de una circular sobre la interpretación y aplicación del artículo 56 del Código Civil que resulte vinculante y de obligado cumplimiento para el letrado de la Administración de Justicia, notario, encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta o expediente de matrimonio. Dicha circular aclarará que el precepto debe interpretarse restrictivamente, excluyendo a aquellos supuestos en que la discapacidad afecte tan solo a los medios de emisión de ese consentimiento o nada tenga que ver con la aptitud para prestarlo. Es el caso de las personas con discapacidad sensorial, entre ellas sordera y ceguera. Esta solución transitoria servirá mientras se realiza la tramitación parlamentaria para aprobar la ley que modifique este artículo. Por tanto, cualquier caso en esta circunstancia debe invocar a esa resolución.




