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El pleno del Parlamento venezolano declara la responsabilidad política de Maduro

Los diputados 'chavistas', en respuesta, han decidido abandonar la Asamblea Nacional para evidenciar que no reconocen la legitimidad de estas discusiones
Asamblea de Venezuela
Asamblea de Venezuela
Asamblea de Venezuela / REUTERS

El pleno de la Asamblea Nacional de Venezuela ha aprobado este martes por la tarde una resolución por la que declaran la responsabilidad política del presidente, Nicolás Maduro, por “grave ruptura del orden constitucional y democrático, la violación de Derechos Humanos y la devastación de las bases económicas y sociales”.

El acuerdo, que se ha aprobado tras más de dos horas de debate, incluye tratar de impulsar acciones para que se haga efectiva esta responsabilidad, e intentar que la Fiscalía evalúe los hechos expuestos en el debate, para que considere someter al presidente a un antejuicio de mérito y determine así posibles hechos punibles.

Aunque parte de la coalición opositora ha hablado de juicio político, en Venezuela no existe esta figura jurídica, por lo que se trataría de un proceso judicial ordinario.

Los diputados han abordado varios temas, entre ellos la muerte de venezolanos a manos del hampa, la muerte por inanición y falta de medicamentos, la inflación o la instalación de un ‘narcoestado’, según recoge ‘El Universal’.

Antes de iniciarse el debate el pleno del Parlamento ha leído la carta escrita por el opositor y líder de Voluntad Popular, Leopoldo López, encarcelado en la prisión de Ramo Verde desde febrero de 2014.

En esta ‘carta a la Unidad Democrática’ publicada en su portal –y que dio conocer su esposa, Lilian Tintori, a través de la cuenta oficial del propio López de la red social Twitter–, el opositor proponía una ‘ruta de acción’ con el objetivo de alcanzar el cambio político y poner fin a la crisis política, económica y social que vive el país.

Los diputados ‘chavistas’, en respuesta, han decidido abandonar la Asamblea Nacional para evidenciar que no reconocen la legitimidad de estas discusiones porque, según argumentan, la oposición pretende celebrar un “juicio político” que no está contemplado en la legislación venezolana.

“La Asamblea Nacional no tiene facultades de control político con el presidente de la República”, ha explicado el oficialista Pedro Carreño, que ha definido la sesión parlamentaria como “un ’round’ de sombras” sin “carácter vinculante ni valor probatorio” e “inoficioso”.

MADURO REACCIONA

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ha designado para los próximos seis años a las que cubrirán los cargos de primer y segundo rector, ratificando en el cargo a Socorro Elizabeth Hernández y Tania D’Amelio Cardiet, medida que corresponde a la Asamblea Nacional, controlada por la oposición, pero que no ha podido llevar a cabo por su situación de desacato.

El TSJ ha anunciado esta designación como “medida indispensable por haber expirado el período constitucional” y ante la “falta de diligencia en el trámite de la designación respectiva, aunado a que el órgano parlamentario nacional se encuentra en desacato al Poder Judicial, lo que determina la nulidad de todas sus actuaciones”.

Después de las elecciones parlamentarias de diciembre de 2015, en las que la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) se hizo con el control del Parlamento, el Gobierno venezolano anuló la toma de posesión del acta de diputado de tres representantes, perdiendo la mayoría de dos tercios de la cámara y quedándose con una mayoría cualificada (109 escaños) con la que retenía el dominio legislativo y el poder de censura sobre los miembros del Gobierno, pero perdía el control institucional y la iniciativa de reforma constitucional.

Para recuperar la cifra de los 112 –mayoría de dos tercios–, y ante el silencio de la Sala Electoral, la MUD decidió en verano incorporar de nuevo a los tres diputados y la respuesta fue la declaración en “desacato” por parte del TSJ a la Asamblea Nacional, dejando sin efecto todos sus actos.

Este fallo deja cualquier actuación de la Asamblea será “nula y carente de toda validez y eficacia jurídica”.

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