
La Fiscalía Anticorrupción ha presentado este lunes un informe ante el instructor del caso ‘Púnica’ en la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, en la que se opone a la elevación por éste de una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de Murcia para investigar la posible comisión de fraude, cohecho y revelación de información reservada por parte presidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez, en relación con contratos para mejorar su reputación ‘on line’. Considera que no hubo perjuicio alguno para las arcas públicas porque los contratos con la trama no llegaron a formalizarse.
Distinta valoración merece la conducta de la otra aforada incluida por Velasco en el auto por el que conforma la pieza relativa a las actividades de la trama en Murcia, la senadora y ex alcaldesa de Cartagena Pilar Barreiro. Considera que en este caso sí se debe elevar la investigación sobre la conducta de la senadora al Tribunal Supremo por considerarla indiciariamente constitutiva de delitos de falsedad, prevaricación y malversación de caudales públicos.
Anticorrupción no encuentra sin embargo indicios de que Barreiro haya incurrido en otros dos delitos que sí le imputa el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6, que son el de fraude y el de elevación de información reservada.
El informe de la Fiscalía incide en que la cuestión, en ambas solicitudes, gira en torno a la presunta prestación de servicios de publicidad personal encubierta realizada con el propósito de conseguir la adjudicación de contratos públicos de cobertura que pagarían los auténticos servicios particulares de buena reputación a los políticos con fondos públicos.
LA LÍNEA “TENUE” ENTRE LA INSTITUCIÓN Y LA REPUTACIÓN
Más allá de la dificultad de deslindar los contratos de publicidad institucional y los de buena reputación política y personal de los cargos públicos, cuya línea divisoria es ciertamente tenue, la Fiscalía Anticorrupción entiende que la participación de Pilar Barreiro en los hechos que se describen en la propuesta de Exposición Razonada aparece sustentada en diversos indicios que, sin adelantar su suficiencia probatoria, sí merecen ser investigados.
Anticorrupción hace otra valoración diferente respecto del otro aforado, Pedro Antonio Sánchez, por entender que no llegaron a formalizarse contratos de publicidad y no se ha producido perjuicio alguno para las arcas públicas, según detalla el Ministerio Público en una nota de prensa.
INDICIOS CONTRA BARREIRO
En el caso de Barreiro, quien fue en su día, alcaldesa de Cartagena, el juez le atribuye los delitos por igualmente concertarse con empresas de De Pedro para amañar futuras adjudicaciones en contratos públicos de formación de la Consejería de Educación, así como por presuntamente sufragar con dinero público previsto para campañas de publicidad de turismo en Cartagena trabajos particulares como la creación de un diario digital en esa ciudad que emitiera informaciones favorables, así como los honorarios de un periodista.
El auto del juez Velasco detalla que siendo Barreiro alcaldesa de Cartagena “sentía una honda preocupación reputacional” por habérsela vinculado a una serie de proyectos urbanísticos en esta localidad sobre los que existían denuncias por trato de favor en el llamado ‘caso Novo Cartago’, por lo que ideó la creación de un diario digital con el propósito de difundir noticias que le fueran favorables.
Entre junio y septiembre de 2014 los trabajos se facturaron como “campaña de publicidad Turismo Cartagena” por 4.840 euros -que se pagaron de forma fraccionada para eludir los controles de la Intervención- y posteriormente De Pedro valoró realizar esta labor de forma conjunta con la que tenía previsto hacer para Pedro Antonio Sánchez.





