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La Justicia da la razón a unas empleadas que robaban a su jefe

Caja registradora en un comercio. / EE
Caja registradora en un comercio. / EE
Caja registradora en un comercio. / EE

El dueño de un supermercado en Cataluña sospechaba que cinco de sus empleadas le estaban robando dinero de la caja. Para poder probarlo y despedirlas, instaló cámaras de seguridad en el local, algunas de ellas visibles y otras ocultas. En las imágenes que captó se veía cómo ellas roban productos y dinero, y permitían que otros empleados, e incluso clientes, hicieran lo mismo. Sin embargo, cuando ellas perdieron su puesto de trabajo lo denunciaron a él por haber vulnerado su derecho a la intimidad. Pero los tribunales no les dieron la razón.

Ahora el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) les ha dado a ellas la razón y ha condenado al Estado español por la vulneración del derecho a la privacidad de estas cinco empleadas. El dueño del supermercado deberá indemnizarlas con 4.000 euros a cada una, más otros 500 euros por los gastos legales.

 

La instalación de las cámaras

Cuando la empresa instaló las cámaras, informó a los trabajadores de ello, pero solo de las que estaban visibles junto a la entrada del comercio. No dijo nada, sin embargo, de aquellas que estaban junto a las cajas. Las imágenes hablaban por sí solas y ellas, al ser citadas por la empresa para informarles del despido, reconocieron una a una los hechos.

Más tarde alegaron la violación del derecho a la privacidad por haber sido grabadas por cámaras de las que desconocían si existencia y recurrieron el despido ante el Juzgado de lo Social y ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En ambos casos perdieron. Pero elevaron su denuncia hasta el Tribunal Constitucional, que tampoco la admitió a trámite.

Finalmente, la Corte de Estrasburgo sí ha dado la razón a las empleadas y desdice a la justicia española, incluido el TC, declarando, por seis votos a uno, que sí se vulneró el derecho de las trabajadoras a la privacidad, ya que el TEDH considera que vigilar a los empleados en sus puestos de trabajo mediante cámaras ocultas representa “una considerable intrusión en su privacidad”.

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